¿Qué hacer ante un despido injustificado durante la emergencia sanitaria de COVID-19?

¿Qué hacer ante un despido injustificado durante la emergencia sanitaria de COVID-19?

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Aunque la crisis por COVID-19 no es una razón para despedir empleados o dejarles de pagar, en México al menos 500 mil personas perdieron su empleo durante abril, de acuerdo con datos del IMSS. Estas son las opciones que tienes si perdiste tu empleo durante esta emergencia sanitaria. 

Para denunciar un despido injustificado o que un patrón obliga a un trabajador a irse de descanso sin goce de sueldo durante la pandemia de COVID-19 en México, es posible acudir al sitio web de la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para solicitar asesoría jurídica. 

La emergencia sanitaria por COVID-19 ha provocado que la cifra de personas sin empleo aumente. Tan solo durante abril, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) registró la pérdida de 555 mil 247 empleos formales, mientras que el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) estima que en el mismo mes, dos millones de personas se quedaron sin trabajo en los sectores formal e informal. 

En este contexto, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la PROFEDET pusieron en marcha la “Procuraduría digital de atención al trabajador COVID-19” para dar seguimiento a las afectaciones laborales en el marco de la emergencia sanitaria; brindar asesoría jurídica a las y los trabajadores afectados y facilitar la construcción de acuerdos entre empresas y trabajadores. 

En este sitio web, los trabajadores pueden reportar que fueron despedidos de manera injustificada o que sus empleadores los obligaron a tomar un permiso sin goce de sueldo. Por otra parte, las empresas pueden darles seguimiento a los reportes por afectación laboral que tengan. 

¿Cómo presentar una queja por despido injustificado durante la crisis por COVID-19?

En el sitio web de la PROFEDET es posible presentar un reporte por despido injustificado o por la imposición de un permiso sin goce de sueldo que no haya sido de mutuo acuerdo entre el trabajador y la empresa.  

Tienes hasta dos meses a partir del día siguiente del despido o el inicio del permiso sin goce de sueldo. En el contexto de la emergencia sanitaria, el plazo empieza a correr cuando se levante la emergencia, es decir, el 1 de junio. 

Para presentar una queja en la PROFEDET digital debes seguir los siguientes pasos: 

  1. Entrar a la página https://procuraduriadigital.stps.gob.mx
  2. Seleccionar la opción “Trabajador”
  3. Llenar el formulario

Los datos que es necesario capturar son los siguientes: 

  • Datos personales: CURP, nombre, teléfono y correo electrónico
  • Datos de la empresa: RFC y nombre de la empresa (si no conoces el RFC, puedes poner solo el nombre de la empresa)
  • Datos de contacto de la empresa: correo electrónico y teléfono de la persona encargada de Recursos Humanos
  • Domicilio de la empresa: Calle, número exterior, número interior, código postal, colonia, entidad y municipio
  • Actividad del patrón y del trabajador: ¿a qué se dedica la empresa?, puesto dentro la empresa, fecha de ingreso del trabajador, último salario percibido, días de descanso a la semana
  • Breve descripción del problema: ¿Qué te dijo tu jefe/empresa? ¿Cuándo te lo dijo (día y hora)? ¿En dónde o a través de qué medio te lo dijo? ¿Te avisó del despido o descanso sin goce de sueldo? ¿Firmaste algún documento u hoja en blanco?
  • Documentación: Cargar una imagen de tu identificación oficial con fotografía en formato JPG. 
  • Finalizar reporte

Después de enviar el reporte, debes darle seguimiento. Las notificaciones llegarán al correo electrónico que ingresaste, por lo que es muy importante que lo revises con frecuencia. 

Si la solicitud no puede ser clasificado como un despido o descanso sin goce de sueldo por la emergencia sanitaria de COVID-19, debes llamar a los teléfonos 800 71 72 942 u 800 91 17 877 para recibir asesoría especializada. 

Si tienes más dudas, existen las siguientes opciones: 

  • Si tu centro de trabajo es de competencia local (construcción, servicios, cafeterías, restaurantes, centros comerciales, etc.) debes acudir a las Procuradurías locales
  • En caso de la CDMX, debes comunicarte al teléfono 5546059232 o al 5546068313. 
  • En el Estado de México al 722 2760 
  • En Toluca, 57708418 
  • En Ecatepec, 58688845 
  • En Cuautitlán, 
  • En el Estado de Puebla al 2223838389
  • En caso de que el centro de trabajo sea de competencia federal, debes llamar al teléfono 800 9117877 o al 8007172942, en donde te indicarán la oficina de la PROFEDET a la que debes acudir.

¿Qué estaba permitido durante la emergencia sanitaria?

Durante este periodo, las empresas podían tomar decisiones amparadas en la Ley Federal del Trabajo, como las siguientes: 

  • Pedirle a un trabajador que deje de laborar si es diagnosticado con COVID-19. Enviarlo a su casa y pedirle seguir las instrucciones de las autoridades sanitarias. 
  • Adelantar las vacaciones de los trabajadores durante la emergencia sanitaria siempre y cuando sea una decisión de común acuerdo.
  • Someter a los trabajadores a exámenes médicos para identificar si están contagiados de COVID-19. 
  • Pedirles a los trabajadores que laboren desde casa. 

Pero durante este periodo también había decisiones que, de ponerlas en marcha, hubieran supuesto una violación a la Ley Federal del Trabajo, como las siguientes: 

  • Hacer trabajar de manera presencial a personas mayores de 60 años, mujeres embarazadas o en periodo de lactancia, personas con discapacidad o con enfermedades crónicas no transmisibles (como hipertensión arterial, pulmonar, insuficiencia renal, lupus, cáncer, diabetes mellitus, obesidad, insuficiencia hepática o metabólica o enfermedad cardiaca), o quien esté bajo algún padecimiento o tratamiento farmacológico que les genere supresión del sistema inmunológico.
  • Despedir a una personas diagnosticada con COVID-19
  • Pagar solo el salario mínimo durante la emergencia sanitaria

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