La CURP con fotografía será reconocida como identificación oficial en México tras la propuesta de reforma a dos leyes en materia de desaparición forzada.
¿Habrá una CURP con fotografía en México? El gobierno federal ha anunciado una serie de reformas a la Ley General de Población y la Ley General de Desaparición Forzada con el objetivo de fortalecer la búsqueda y localización de personas desaparecidas en México. Entre los cambios más significativos destaca el reconocimiento de la Clave Única de Registro de Población (CURP) con fotografía y huellas dactilares como una identificación oficial.
Desde el Salón de la Tesorería de Palacio Nacional, la consejera jurídica de la Presidencia, Ernestina Godoy Ramos, explicó que estas modificaciones buscan interconectar a las instituciones del país, agilizar la reacción ante denuncias de desaparición y garantizar el derecho a la identidad desde el nacimiento. “Todas las personas en México contarán con esta identidad, la cual será reconocida en los ámbitos físico y digital”, enfatizó.
La CURP con fotografía servirá como identificación oficial
El nuevo formato de la CURP con fotografía no solo funcionará como un documento de identificación, sino que también permitirá consultas en tiempo real para agilizar la búsqueda de personas desaparecidas. Esta medida busca evitar la demora en los procesos de identificación y facilitar la coordinación entre distintas instituciones.
Además, las reformas establecen la obligatoriedad de alimentar y actualizar el Banco Nacional de Datos Forenses, bajo la responsabilidad de la Fiscalía General de la República y las fiscalías estatales. Este banco de datos se interconectará con la Plataforma Única de Identidad y otros registros como:
- Alerta Amber
- Registro Nacional de Tortura
- Registro Nacional de Fosas Comunes y Clandestinas
- Ante Mortem y Post Mortem
La intención es que cualquier autoridad pueda cruzar información en tiempo real y agilizar la identificación de personas desaparecidas.
Sistema Nacional de Alerta, Búsqueda y Localización de Personas
Las reformas también contemplan la creación de un Sistema Nacional de Alerta, Búsqueda y Localización de Personas, el cual operará dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor de la reforma. Este sistema será administrado por el Registro Nacional de Población y estará integrado en la Plataforma Única de Identidad.
Sus principales funciones incluirán:
- Notificar mediante una ficha de búsqueda a las autoridades y particulares sobre una desaparición.
- Priorizar la identificación con base en la CURP con fotografía.
- Generar alertas en tiempo real para facilitar la localización de personas desaparecidas.
Para garantizar su eficacia, todas las autoridades y particulares que administren bases de datos relevantes deberán integrar sus registros a este sistema. Así, la información estará centralizada y se podrá actuar con mayor rapidez ante una emergencia.
Habrá nuevas obligaciones y sanciones para autoridades y particulares
Las modificaciones legales establecen sanciones para los servidores públicos y particulares que no cumplan con la generación, actualización y compartición de información relevante para la búsqueda de personas. Se refuerza también la Comisión Nacional de Búsqueda para que pueda ampliar su capacidad de atención y utilizar tecnología de punta en la localización de personas.
Uno de los puntos clave de la reforma es la creación de la Base Nacional de Carpetas de Investigación sobre Desapariciones, la cual registrará y compartirá información sin necesidad de esperar 72 horas para su publicación. Esto permitirá una reacción inmediata por parte de las fiscalías estatales y la FGR.
Además, el Instituto Nacional Electoral estará obligado a permitir consultas en tareas de investigación y toda autoridad deberá aceptar la CURP con fotografía como identificación oficial en cualquier trámite
Curioso que se necesite de un caso que se ha vuelto tan mediáticco, para que, ¡FINALMENTE!, el gobierno haga lo que HACE AÑOS DEBIÓ HACER… ¡POR LEY! Crear una IDENTIFICACIÓN OFICIAL, como existe en muchos países del mundo. No la credencial PARA VOTAR, que esa NO ES EXPEDIDA POR LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN, entidad que POR LEY DEBERÍA SER QUIEN EXPIDIERA LA IDENTIFICACIÓN OFICIAL. Y, de hecho, se DEBERÍA, al mismo tiempo, DESAPARECER la credencial del INE. En ninguno de los países donde existe una IDENTIFICACIÓN OFICIAL existe una CREDENCIAL PARA VOTAR. Justamente la IDENTIFICACIÓN OFICIAL es la que se utiliza para VOTAR. Veremos si SE HACE LA TAREA COMPLETA o se sigue MALGASTANDO EL PRESUPUESTO en imprimir tanta credencial del INE, cuando ya exista la CURP con fotografía.