Morena propone en el Senado desaparecer directamente al INAI. A la par, podría seguir inoperante por lo menos hasta septiembre.
El senador Alejandro Armenta, de Movimiento Regeneración Nacional (Morena) propone desaparecer al INAI y que sea la Secretaría de la Función Pública (SFP) quien se encargue de la transparencia, acceso a la información y protección de datos en México.
La iniciativa de proyecto de decreto para extinguir al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) fue presentada el martes 25 de abril por Alejandro Armenta Mier, actual presidente de la Mesa Directiva del Senado.
En la propuesta se menciona que tanto el INAI como la SFP son instituciones que comparten objetivos y actividades, por lo que se les pueden considerar instituciones duplicadas. Por esta razón el legislador Armenta Mier propuso “la posibilidad de que el INAI sea absorbido por la Secretaría de la Función Pública, con el fin de tener un solo ente responsable de la transparencia de la información, así como de la protección de datos personales”.
De aprobarse la iniciativa, correspondería entonces a la SFP “atender las solicitudes de información pública”, como parte de una de sus actividades, así como la “fortalecer la transparencia y el gobierno abierto, e impulsar con instancias públicas nacionales e internacionales, acciones sistemáticas y de coordinación institucional para combatir la corrupción y la impunidad”, refiere el senador en la iniciativa.
Esta iniciativa de reforma es una paso más en la lenta pero paulatina desaparición del INAI, luego de que desde 1 de abril el pleno del Instituto se quedara sin la posibilidad de sesionar y por lo tanto sin resolver los cientos de recursos de revisión que los ciudadanos interponen en contra de las resoluciones de los sujetos obligados.
La razón por la que el pleno del INAI ha quedado inoperante se debe a que carece de los cinco comisionados que el artículo 33 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) establece como mínimo para realizar una sesión.
A pesar de que se han llevado a cabo acciones para impedir que el pleno del Instituto se quede sin sesionar —como la designación de los comisionados Alarcón Márquez y Luna Alviso o la suspensión del artículo 33 de la LFTAIP solicitada la Suprema Corte de Justicia de la Nación— estas se han rechazado tanto por el presidente López Obrador como por la ministra Loretta Ortiz Ahfl
Ahora que Morena propone directamente desaparecer al INAI se vislumbra un camino todavía más opaco para el INAI, el cual parece estar cercado por todos lados.
¿Puede la Secretaría de la Función Pública atraer las actividades del INAI?
Ante la iniciativa de Morena en el Senado de proponer desaparecer al INAI y que sus funciones las absorba la SFP por considerarlas instituciones duplicadas, las preguntas que surgen son: ¿de qué se encarga entonces la Secretaría de la Función Pública?, ¿podría la SFP suplantar al INAI?
De acuerdo con el Reglamento de la Secretaría de la Función Pública es una Dependencia del Ejecutivo Federal —el presidente— responsable de que todo lo público funcione con eficacia, integridad y honradez, con un enfoque en la prevención de riesgos,y en la gestión de problemas públicos para lograr la satisfacción de la ciudadanía.
La SFP realiza por tanto funciones de fiscalización, control interno, auditoría y vigilancia de la Administración Pública Federal. Del mismo modo, evalúa la Gestión Gubernamental y las acciones que lleven a cabo las Dependencias, incluyendo los de sus órganos administrativos desconcentrados y Entidades.
No se detalla dentro de los estatutos de la Secretaría de la Función Pública el deber de procurar que la ciudadanía acceda a información pública o que los distintos órganos de gobierno no hagan mal uso de los datos personales de las personas.
Recientemente, la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra Cadena, detalló que el Instituto tiene competencia sobre otros organismos autónomos, partidos políticos, sindicatos, fondos y fideicomisos públicos, y funge como segunda instancia respecto a las entidades federativas, por lo que ninguna dependencia podría tener tal competencia sin afectar el principio de división de poderes y el federalismo. Es decir si la Secretaría de la Función Pública realizara las actividades del INAI estaría transgrediendo los principios de los poderes legislativo y Judicial, al ser una Dependencia del Ejecutivo Federal. Así, la comisionada presidenta sentenció que ninguna institución puede absorber las funciones del INAI.
Mientras tanto, será hasta el 28 de abril que se pueda elegir a al menos un comisionado para que el pleno del INAI no quede sin operar por cuatro meses más, pues ese es el último día del Periodo Ordinario de sesiones del Senado y será hasta septiembre que se retome el ejercicio de la LXV Legislatura.
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