Mariana Lima Buendía fue asesinada por su esposo en junio de 2010. 13 años después y como resultado de la lucha por justicia de su madre, Irinea Buendía, el Poder Judicial del Estado de México ha sentenciado al expolicía Julio César Hernández Ballinas a la pena máxima de 70 años por el feminicidio de Mariana en la que es considerada una sentencia histórica.
Mariana Lima Buendía decidió dejar a su esposo, Julio Hernández, el 28 de junio de 2010 y se lo contó a su madre Irinea. Al siguiente día, Julio llamó a la señora Irinea para decirle que su hija se había suicidado. De inmediato, Irinea supo que Julio había asesinado a su hija y desde entonces buscó por todos los medios obtener justicia para su hija, ella y su familia.
Finalmente, este 13 de marzo Julio Hernández, quien era policía en 2010, recibió una condena a 70 años de prisión por el feminicidio de Mariana Lima Buendía. Esta sentencia es un símbolo de justicia en un país donde al menos dos mujeres son asesinadas cada día sólo por el hecho de ser mujeres, y donde la mayoría de esos casos quedan en la impunidad.
Gracias a la lucha de Irinea Buendía y a las organizaciones y activistas que la acompañaron, el caso de Mariana no solamente es una importante referencia por esta condena, sino que fue un parteaguas desde 2015 por ser el primer caso de feminicidio sobre el que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió una sentencia, lo que a su vez es un precedente para la impartición de justicia a favor de las mujeres en México.
Dicha sentencia analizó los procedimientos usados por las autoridades involucradas en el caso y reveló que la ausencia de una perspectiva de género dio como resultado la violación a los derechos humanos tanto de Mariana Lima, como de su madre. Además de ordenar la reapertura del caso, esta sentencia sentó las bases sobre cómo deben investigarse las muertes violentas de mujeres en México: con la figura de feminicidio como primera y principal línea de investigación y con perspectiva de género a lo largo de todo el proceso.
El feminicidio de Mariana Lima Buendía
El 29 de junio de 2010, Mariana Lima Buendía de 29 años de edad, fue encontrada muerta en su casa en Chimalhuacán, Estado de México. Su esposo, Julio César Hernández Ballinas, era un agente investigador de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) y ese día rindió declaración en las oficinas de la PGJEM y utilizó sus influencias para que el caso fuera catalogado como suicidio.
Irinea Buendía Cortés, la mamá de Mariana, se pesentó después para interponer una denuncia por homicidio argumentando que Mariana vivía violencia doméstica. No obstante, en septiembre de 2011 la Fiscalía Especializada en Homicidios de la Agencia del Ministerio Público en Tlalnepantla, Estado de México, concluyó que Mariana se había suicidado y decidió no ejercer la acción penal en contra de Julio César Hernández.
Irinea Buendía, acompañada del Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, interpuso un recurso en noviembre de 2011 para la revisión de la autorización del no ejercicio de la acción penal, dirigido al procurador general de Justicia del Estado de México, Alfredo Castillo Cervantes, e incluso tuvo que interponer un amparo unos meses después ante la falta de respuesta.
Finalmente, en mayo de 2012, el procurador revocó la determinación del no ejercicio de la acción penal y decidió seguir con la investigación. El 25 de marzo de 2015, la Primera Sala de la SCJN emitió la sentencia en relación con la investigación de la muerte violenta de Mariana Lima Buendía, resolviendo que la fiscalía responsable tenía que reabrir el caso para volver a realizar la investigación como feminicidio.
Fue así como, después de seis años de perpetrar el crimen, el 15 de junio de 2016 se consignó acción penal contra Julio César Hernández, esposo de Mariana Lima Buendía, por el delito de feminicidio y el 29 de junio de 2016, le fue dictado auto de formal prisión.
La sentencia por el feminicidio de Mariana Lima Buendía
La resolución 554/2013 de la SCJN sentó un importante precedente para la forma en que tienen que ser investigadas las muertes violentas de mujeres en todo México, aunque en ese momento fue al gobierno del Estado de México a quien obligó para investigar el caso de Mariana con perspectiva de género, así como a investigar y sancionar a los servidores públicos implicados que incurrieron en irregularidades.
Entre otros puntos destacables de la sentencia se encuentran los siguientes:
- En el párrafo 105 menciona que aun cuando las partes no lo soliciten, se debe verificar si existe una situación de violencia o vulnerabilidad que, por cuestiones de género, impida impartir una justicia de manera completa e igualitaria.
- En el párrafo 227 refiere que el sistema de justicia debe tener la capacidad de reparar el daño para las víctimas por parte de las autoridades.
Cuando Mariana fue asesinada, la figura penal del feminicidio aún no existía en México, sin embargo, su caso refleja por qué esta tipificación es necesaria. Mariana vivió violencia física y psicológica por parte de quien en ese momento era su pareja sentimental. No sólo fue violentada por una persona de confianza, sino que se trataba de un policía. La palabra y el puesto de un hombre encubrieron el asesinato de una mujer, y si Irinea no hubiera buscado justicia, el caso permanecería cerrado.
Sayuri Herrera, primera fiscal de feminicidios de Ciudad de México y actual coordinadora de la Agencia de Delitos de Género del gobierno capitalino, dijo en entrevista con El País que esta sentencia “también es un mensaje poderoso para los agresores que pretendieron en algún momento burlar la justicia, demuestra que para ellos no habrá tregua, ni de las madres, ni de las abogadas, ni de las investigadoras ni de las autoridades”.
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