¿Qué son los delitos electorales? Incluyen acciones como amenazar con quitarte tus programas sociales y destruir las boletas, y se castigan hasta con 9 años de cárcel.
Los delitos electorales son aquellas acciones que buscan alterar los resultados en las elecciones. Estos delitos ponen en peligro el desarrollo transparente y adecuado del proceso electoral. Además, atentan contra tu derecho a la democracia y las características del voto, que debe ser universal, libre, directo, personal, secreto e intransferible.
De acuerdo con la Ley General en materia de Delitos Electorales, acciones como votar más de una vez en la misma elección, ofrecer dinero por votos o solicitar fotografías de tu boleta, son castigados con desde seis meses hasta tres años de prisión. En el caso de los candidatos y partidos políticos, no reportar sus gastos y bienes públicos, así como amenazar o extorsionar, causa de uno a 9 años de cárcel.
Si eres víctima de un delito electoral, la Fiscalía Especializada en materia de Delitos Electorales (FISEL, antes FEPADE), es la institución encargada de investigar y perseguir todas las acciones que atenten en contra de tu derecho a la democracia y del proceso electoral. Conoce cuáles son los principales delitos electorales y cómo denunciarlos.
Los delitos electorales se castigan con hasta 9 años de prisión
Durante las elecciones tienes derecho a tomar una decisión libre, secreta y personal. Esto significa que tu voto te pertenece solo a ti y nadie, bajo ningún motivo, tiene el derecho de alterar o amenazar tu elección.
Entonces, ¿cuáles son los principales delitos electorales? Si la FISEL detecta un delito electoral en población civil, este se castiga con multas desde 50 a 100 días de la Unidad de Medida de Actualización (UMA), que en 2024 representa un pago de 5 mil 428 pesos hasta 10 mil 857 pesos, y de 6 meses a tres años de cárcel, dependiendo de la gravedad.
Los delitos electorales que se castigan con 50 a 100 días de multa, o prisión de seis meses a tres años, son los siguientes:
- Votar más de una vez en una misma elección.
- Hacer proselitismo o presionar a los electores en el interior de las casillas electorales.
- Obstaculizar el desarrollo normal de las votaciones, el escrutinio y cómputo.
- Introducir o sustraer una o más boletas electorales o bien, introducir boletas falsas.
- Ofrecer dinero a cambio de que una persona vote por cierto candidato.
- Solicitar evidencia del sentido del voto de un ciudadano.
- Amenazar con suspender los beneficios de programas sociales.
Para los funcionarios partidistas, las multas se duplican. Son de 100 a 200 días de multa (10 mil 857 pesos a 21 mil 714 pesos), y/o prisión de dos a seis años por los siguientes delitos electorales:
- Ejercer presión o inducir a los electores a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, el día de la elección o tres días antes de las elecciones
- Realizar o distribuir propaganda electoral durante la jornada electoral
- Sustraer, destruir, alterar o hacer uso indebido de documentos o materiales electorales
La multa de los funcionarios partidistas y candidatos incrementa de 200 a 400 días de multa (21 mil 714 pesos a 43 mil 428 pesos) y prisión de uno a nueve años cuando se trata de los siguientes delitos:
- Abstenerse de informar o rendir información falsa de los recursos y bienes públicos remanentes de los partidos políticos.
- Abstenerse de transmitir la propiedad o posesión de los bienes adquiridos con financiamiento público de los partidos políticos, una vez que hayan perdido su registro.
¿Cómo denunciar un delito electoral en FISEL?
Entonces, ¿qué garantiza que mi voto será libre y secreto? Para proteger tus derechos, la Ley General en materia de Delitos Electorales contempla todo lo que ocurre desde el inicio del proceso electoral hasta que emites tu voto en casillas. Por eso, la ley también explica los delitos que pudieran cometer los funcionarios electorales.
En el caso de los funcionarios electorales, se castigan con 50 a 200 días de multa (desde 5 mil 428 pesos hasta 21 mil 714 pesos) y prisión de dos a seis años los siguientes delitos:
- Alterar en cualquier forma, sustituir, destruir, comercializar o hacer un uso ilícito de documentos del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores.
- Alterar los resultados electorales
- Sustraer o destruir boletas, documentos o materiales electorales.
- Impedir la entrega oportuna de documentos o materiales electorales.
- Inducir o ejercer presión, en ejercicio de sus funciones, sobre los electores para votar o abstenerse de votar por un partido político, coalición o candidato.
Asimismo, ejercer cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por una o un candidato, partido político o coalición, es un delito que se castiga con 300 a 600 días de multa y prisión de cuatro a nueve años, sin importar si el responsable es un civil o un político.
Si has sido víctima o testigo de algún delito electoral y quieres denunciarlo, puedes llamar al número oficial de la FISEL al 800 833 72 33. Si prefieres hacerlo por internet, visita la plataforma FISENET en www.fisenet.fgr.org.mx y llena los campos que se solicitan. Tu denuncia estará segura y puede realizarse de forma anónima. Recuerda que tu voto es solo tuyo, libre, secreto e intransferible.
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