Policía mató a un joven motociclista en CDMX: ¿fue defensa propia?

Un policía mató a un joven en Jardín Balbuena durante un retén de la SSC en la Ciudad de México, un hecho que abrió un debate sobre si el disparo fue defensa propia o un abuso de autoridad.

Policía mató a un joven

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Un policía mató a un joven en Jardín Balbuena durante un retén de la SSC en la Ciudad de México, un hecho que abrió un debate sobre si el disparo fue defensa propia o un abuso de autoridad.

Un policía mató a un joven el pasado 19 de agosto en la colonia Jardín Balbuena, Ciudad de México, durante un enfrentamiento en un retén de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC). La víctima fue identificada como Cristofer Huerta, de 21 años, quien murió tras recibir un disparo en la cabeza.

El caso no solo abrió una carpeta de investigación contra el agente que accionó su arma, sino también una discusión más amplia sobre el uso letal de la fuerza en el país.

¿Por qué un policía mató a un joven motociclista en CDMX?

El incidente se registró en la intersección de Galindo y Villa con Fray Servando Teresa de Mier, en la alcaldía Venustiano Carranza. De acuerdo con los reportes:

  • Los motociclistas, presuntamente padre e hijo, se resistieron a una revisión de rutina en un punto de control.
  • Tras discutir con los oficiales, intentaron escapar y lanzaron sus motocicletas contra los elementos de la SSC.
  • En medio del forcejeo, los civiles golpearon a los uniformados.
  • Uno de los policías, identificado como Julio César “N”, terminó en el suelo mientras era pateado.
  • En un intento de defenderse, disparó su arma, impactando a Huerta en la cabeza.

El joven fue trasladado a un hospital cercano, pero falleció poco después.

Los videos que reavivaron la polémica sobre el policía que mató a un joven en CDMX

La narrativa inicial cambió con la aparición de distintos videos. El primero mostraba la pelea, mientras que el segundo, difundido por el periodista Carlos Jiménez, daba otra perspectiva: un policía en el piso recibiendo golpes antes de disparar.

Este contraste de imágenes ha alimentado el debate público: ¿fue legítima defensa o un uso excesivo de la fuerza?

¿Quién era Cristofer Huerta?

El motociclista de 21 años era estudiante de la Escuela Bancaria y Comercial. Su padre lo describió como un joven deportista, disciplinado en el gimnasio y cercano a su familia. También participaba en competencias de fisicoculturismo y ayudaba en el negocio familiar.

Amigos y familiares lo recuerdan como una persona reservada, sin “excesos” y con un fuerte apego a su círculo cercano.

La situación legal de los policías

Tras los hechos, los elementos involucrados fueron detenidos. En la audiencia inicial:

  • Julio César “N”, quien disparó, fue vinculado a proceso por homicidio calificado.
  • Luis Arturo “N”, acusado de abuso de autoridad, quedó en libertad.
  • Ambos permanecieron bajo la medida cautelar de arraigo domiciliario mientras se definía su situación jurídica.

La familia Huerta insiste en que no había un retén formal en el lugar, como asegura la SSC, lo que añade otro elemento de controversia.

Dionisio Huerta, padre de Cristofer, expresó tras la vinculación del policía: “Ha sido algo muy fuerte, pero creo en la justicia. Lo dejo en manos de las autoridades y de Dios”, ha dicho en entrevistas con medios de comunicación.

Para él, su hijo fue víctima de un abuso de autoridad y la narrativa oficial no refleja lo que realmente pasó.

Debate central: ¿legítima defensa o abuso de autoridad?

El caso plantea un dilema legal y ético sobre el uso de armas de fuego por parte de la policía. Según la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza (LNUF), aprobada en 2019, la fuerza letal solo puede emplearse cuando:

  • Existe una amenaza real, actual e inminente contra la vida del agente o de terceros.
  • Se han agotado otras opciones de control no letales.
  • La respuesta es proporcional a la agresión recibida.
  • Se emite una advertencia previa, si las circunstancias lo permiten.

Huir de una revisión, por sí solo, no constituye una amenaza letal. Por tanto, disparar contra un civil en esas circunstancias podría considerarse un exceso.

Sin embargo, la defensa del oficial sostiene que, al encontrarse en el suelo y bajo agresiones físicas, su vida corría peligro.

El caso genera dudas sobre si el disparo fue legítima defensa o abuso de autoridad. Según el Código Penal Federal, una persona actúa en legítima defensa cuando:

  • Se repele una agresión real, actual o inminente, sin provocarla.
  • La defensa es necesaria y proporcional, usando solo la fuerza estrictamente necesaria.
  • No se puede provocar la agresión para justificar luego la defensa.

El Código también contempla que se presume defensa legítima cuando alguien enfrenta una amenaza a su vida, a la de otros, o a bienes jurídicos propios o ajenos, siempre que no haya otra forma de evitar el daño.

En este caso, el policía habría alegado que su vida estaba en riesgo mientras recibía golpes en el suelo. La discusión central es si el uso del arma fue proporcional a la amenaza: disparar mientras el motociclista se retiraba podría considerarse un exceso, mientras que si existía peligro inminente, podría estar justificado bajo la defensa legítima.

¿Los policías mexicanos no conocen los protocolos?

El caso de Cristofer Huerta no es un hecho aislado. Representa un espejo de los problemas estructurales en la actuación policial en México:

  • Uso discrecional de la fuerza: La falta de capacitación y protocolos claros lleva a que cada agente decida en segundos sobre la vida o muerte de un civil.
  • Contradicciones entre versiones: Videos ciudadanos se han vuelto clave para cuestionar la versión oficial en casos de abusos.
  • Desconfianza social: Este tipo de hechos alimenta la percepción de que la policía actúa con violencia innecesaria y sin control.
  • Impunidad: Aunque los agentes enfrentan procesos, la mayoría de estos casos no llegan a sentencias firmes.

El Protocolo de Actuación Policial para el Uso de la Fuerza de la Secretaría de Seguridad Ciudadana capitalina establece que:

  • El uso de armas de fuego es un último recurso.
  • Cada acción debe documentarse y justificarse.
  • Solo puede emplearse para preservar la vida propia o la de terceros.

Estos lineamientos coinciden con los tratados internacionales de derechos humanos que México ha firmado.

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