El registro de mascotas en Puebla forma parte de las reformas a la Ley de Bienestar Animal 2024; por ahora no genera multas.
El registro de mascotas en Puebla forma parte de las reformas a la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla 2024, y fue creado para, censar oficialmente a perros y gatos, generando datos fiables para planificar campañas de salud y esterilización, facilitar la identificación rápida en casos de extravío o maltrato, fungiendo como una “CURP para mascotas”.
El Registro Único de Animales de Compañía (RUAC) es un trámite gratuito y próximamente obligatorio, que identifica legalmente a tu mascota dentro del padrón estatal, que fue implementado en la entidad como parte de la política de protección animal.
Aunque se ha mencionado en medios sobre supuestas multas por no registrar a las mascotas en Puebla, lo cierto es que actualmente el trámite no es obligatorio ni sancionable. Sin embargo, el Instituto de Bienestar Animal mencionó que sí será obligatorio en el futuro.
¿Quién debe realizar el registro de mascotas en Puebla?
Todos los tutores de perros y gatos que vivan en el estado de Puebla. Es especialmente necesario si:
- Adoptaste recientemente.
- Vas a viajar con tu mascota.
- Quieres acceder a campañas de vacunación y esterilización gratuitas.
Este trámite es gestionado por la Secretaría de Medio Ambiente, Desarrollo Sustentable y Ordenamiento Territorial a través de la Ventanilla Digital Puebla.
Paso a paso: ¿Dónde y cómo registrar a tu mascota?
El trámite para registrar a tu mascota en Puebla, se puede realizar en línea o de forma presencial:
Presencial: Acude a las oficinas del Instituto de Bienestar Animal (IBA), ubicadas en Lateral de la Recta a Cholula km 5.5, número 2401, San Andres Cholula, de lunes a viernes, en un horario de 9:00 am a 18:00 pm.
Requisitos para registrar a tu mascota:
- Comprobante de domicilio (reciente).
- Copia de INE.
- Fotografía de la mascota.
- Carnet de vacunación.
- Número de contacto del tutor o propietaria/o.
- Información completa de la mascota:
- Nombre
- Fotografía
- Motivo o acto de adquisición (adopción, compra, rescate, etc.)
- Especie, sexo, raza, color y señas particulares
- Método de identificación y número del mismo (microchip, placa, etc.)
- Si está esterilizado o no
- Fecha de nacimiento o edad aproximada
- Enfermedades o padecimientos crónicos (si los hay)
- Al concluir el proceso recibirás:
- Una credencial para tu mascota.
- Un certificado de empadronamiento, con vigencia de 1 año.
En línea: Si deseas puedes realizar el trámite en línea enviando esta misma documentación por WhatsApp al número 221 412 4860 o bien puede enviarla por correo electrónico a [email protected].
Cabe mencionar que si realizas el trámite en línea, deberás recoger la credencial de tu mascota y el certificado de empadronamiento de forma presencial en las oficinas del IBA.
¿Qué pasa si no registro a mi mascota?
El registro de mascotas en Puebla no representa una multa, hasta el momento, para el dueño, su función es obtener datos estadísticos relativos a animales de compañía, de su propietario o poseedor de conformidad con los establecido en la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla.
A diferencia de la Ciudad de México, donde sí hay multas por omisión, en Puebla por el momento no hay obligación legal ni fechas límite.
Sin embargo, cabe mencionar que la Reforma a la Ley de Bienestar Animal del Estado de Puebla (marzo 2024) contempla que el registro se volverá obligatorio en un futuro y establece que no cumplir puede acarrear sanciones monetarias, aunque aún no hay fecha oficial ni multas activas.
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