El apoyo Bienestar para padres solteros ya está aquí. Sigue leyendo si eres padre soltero y requieres de un apoyo económico.
El apoyo Bienestar para padres solteros es uno de los programas sociales que el gobierno de México otorga a la ciudadanía por medio de los Programas para el Bienestar.
Como parte del Programa de Apoyo para el Bienestar de las Niñas y Niños, Hijos de Madres Trabajadoras del Gobierno de México, se ha establecido que se busca apoyar a “ las niñas y niños que padecen la ausencia temporal permanente de uno o ambos padres”. Es decir, se encarga de que se pueda proporcionar la manutención, cuidado y la atención infantil que se requiera con los siguientes montos:
Edad de las hijas o hijos | Monto |
Niñas y niños recién nacidos y hasta los 4 años | Mil 600 pesos bimestrales |
Niñas y niños con discapacidad recién nacidos y hasta los seis años | Tres mil 600 pesos bimestrales |
Es importante mencionar que, a pesar de que el programa lleva en el nombre que es para madres trabajadoras, el apoyo es tanto para madres como para padres solteros.
En caso de orfandad materna, las y los beneficiarios podrían extender el apoyo hasta los 23 años y el monto dependerá de la edad.
Requisitos para obtener el apoyo Bienestar para padres solteros
Para ser beneficiaria o beneficiario de este apoyo económico es necesario llenar un formato que te otorgarán en las sedes de la Secretaría de Bienestar.
De igual forma, se deben de cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser madre, padre solo o tutor de una niña o niño que aún no haya cumplido cuatro años.
- Que la madre, padre o tutor esté trabajando, buscando empleo o estudiando y no cuente con cuidado y atención infantil
- Acta de nacimiento en original y copia del niño o la niña, así como de la madre, padre solo o tutor
- Clave Única de Registro de Población (CURP) en original y copia del niño o niña, así como de la madre, padre solo o tutor
- Identificación oficial vigente en original y copia de la madre, padre solo o tutor (Si eres menor de edad puedes presentar pasaporte o acta de nacimiento)
- Comprobante de domicilio en original y copia
- Escrito libre bajo protesta de decir la verdad en donde se señale si trabaja, busca trabajo o si está estudiando. En caso de estar estudiando, se deberá presentar una constancia de estudios emitida por la Institución
- Cartas de no afiliación al IMSS e ISSSTE (se excluye de este requisito a los tutores)
- En el caso de las niñas y niños con discapacidad, cuando ésta no sea visible se requerirá certificado médico original emitido por alguna institución pública del sector salud o por médico con cédula profesional, especialista en el tipo de discapacidad
- Para el caso de hijas e hijos en caso de orfandad materna que sean menores de edad requieren de alguien que funja como responsable para realizar el trámite. Asimismo, deberá firmar una carta responsiva en formato libre donde asuma el compromiso de hacer uso del recurso para los fines del programa.
- En caso de que el beneficiario esté en situación de orfandad materna, se deberá comprobar el fallecimiento de la madre a través de un acta de defunción o de presunción de muerte no mayor a tres meses de antigüedad.
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