¿Eres familiar de un pensionado? Tramita así tu apoyo de asignación familiar

El IMSS brinda apoyos de asignación familiar a familiares de pensionados. Conoce los requisitos y toda la información al respecto.

¿Eres familiar de un pensionado? Tramita así tu apoyo de asignación familiar

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El IMSS brinda apoyos de asignación familiar a familiares de pensionados. Conoce los requisitos y toda la información al respecto.

Si eres familiar de un pensionado del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) puedes solicitar un apoyo económico denominado “asignación familiar”. El IMSS denomina la “asignación familiar” como una ayuda por concepto de carga familiar y se concede a familiares de pensionados.

Este apoyo se brindará a aquellos beneficiarios que cuenten con la pensión por cesantía en edad avanzada o vejez. Además, el pensionado es quien debe indicar si tiene beneficiarios para la entrega de asignamientos familiares, de no ser así el IMSS le brindará una ayuda asistencial. En esta nota podrás encontrar los requisitos para tramitar la “asignación familiar” y quiénes pueden solicitarlo. 

Soy familiar de un pensionado ¿Qué requisitos necesito para tramitar la “asignación familiar”?

Si eres familiar de un pensionado y deseas realizar el trámite de “asignación familiar”, el IMSS solicita a los interesados cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Identificación oficial vigente (original y copia) Para mexicanos mayores de edad se puede presentar alguno de los siguientes documentos:

a) Para mexicanos mayores de edad se puede presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Credencial ADIMSS.
  • Credencial electoral.
  • Cédula profesional.
  • Pasaporte
  • Cartilla del Servicio Militar Nacional (expedida por la Secretaría de la Defensa Nacional).
  • Cédula de Identidad personal.
  • Carta de naturalización.

b) Para menores de edad se puede presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Credencial ADIMSS
  • Pasaporte
  • Constancia de estudios con fotografía (expedida por institución educativa perteneciente al Sistema Educativo Nacional).
  • Cédula de Identidad personal.

c) En caso de extranjeros se puede presentar alguno de los siguientes documentos:

  • Pasaporte
  • Documento migratorio (expedido por las Oficinas Consulares de México).
  • Tarjeta de residencia (expedida por el Instituto Nacional de Migración). 

2. Comprobante de Domicilio (original y copia)

Se aceptará como comprobante de domicilio cualquiera de los siguientes documentos , siempre y cuando no sea mayor a tres meses de antigüedad.

  • Boleta predial
  • Estado de cuenta de servicio de teléfono, agua, luz o gas.
  • Constancia de residencia emitida por la autoridad municipal, ejidal o delegacional.

3. CURP (copia)

4. Acta de nacimiento, adopción o de reconocimiento

a) Para este documento se debe presentar una copia certificada original, expedida por una autoridad administrativa 

Dependiendo del tipo de beneficiario o familiar del pensionado , se deben presentar adicionalmente los siguientes documentos:

Esposa

Debe avalar el matrimonio presentando el siguiente documento en original y copia:

  • Copia certificada del Acta de Matrimonio expedida por alguna de las siguientes autoridades; oficinas o juzgados del Registro Civil de la Ciudad de México o de la entidad federativa a la que corresponda, Representaciones Consulares de México o del Gobierno extranjero.

La fecha de expedición de este documento, no debe ser mayor a 90 días naturales (anteriores) a la fecha de la solicitud del trámite.

Concubina

Debe acreditar el concubinato y presentar alguno de los siguientes documentos en original y copia:

  • Copia certificada de la Resolución ejecutoriada expedida por una autoridad judicial, que acredite la relación de concubinato entre la beneficiaria y el pensionado durante cinco años que preceden inmediatamente a la solicitud.
  • Copia certificada del acta de nacimiento de los hijos que se hayan procreado entre la relación (concubina y pensionado) siempre y cuando ambos hayan estado libres de matrimonio durante el concubinato. 

Hijo menor y hasta 16 años de edad

Para el caso de este beneficiario no se presentará documento adicional, se tomarán en cuenta los documentos generales que presente el beneficiario.

Hijo de 16 años y hasta 25 años de edad (estudiante)

Se debe acreditar el parentesco, además, demostrar que se encuentra estudiando en planteles del Sistema Educativo Nacional y no forme parte del Régimen Obligatorio del Seguro Social. Ante esto, debe presentar el siguiente documento (original y copia):

a) Constancia de estudios que acredite la inscripción del ciclo escolar en curso, expedida por instituciones pertenecientes al Sistema Educativo Nacional que de conformidad con la Ley General de Educación. La constancia puede ser expedida por:

  • Las instituciones educativas de las entidades federativas y del Distrito Federal y de sus organismos descentralizados.
  • Instituciones particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios.
  • Las instituciones de educación superior a las que la Ley les otorga autonomía.

La constancia de estudios deberá contener:

  • Nombre completo del alumno.
  • Nombre y clave de la institución educativa. Es importante que contenga la clave de autorización o de reconocimiento de validez de estudios.
  • Ciclo escolar en el que el estudiante se encuentra inscrito y el periodo de término (incluyendo vacaciones escolares y administrativas).
  • Lugar y fecha en que se expide la constancia.
  • Sello oficial de la institución educativa.
  • Firma autógrafa con nombre y cargo de quien firma la constancia. Serán válidas las constancias con firma electrónica de las instituciones.

En el caso de las constancias de estudios en el extranjero, se aceptarán siempre y cuando hayan sido revalidados por las autoridades educativas en el ámbito federal o estatal.

Hijo mayor de 16 años de edad incapacitado

Se debe acreditar el parentesco (con el pensionado), así como demostrar que no puede mantenerse por su propio trabajo, debido a una enfermedad crónica, defecto físico o psíquico y que la incapacidad que padece sea permanente. Además, presentar que los servicios Médicos de Salud en el Trabajo del Instituto, certifiquen esta condición en el formato “ST-6 Dictamen de Beneficiario Incapacitado”.

a) El dictamen de beneficiario  incapacitado “ST-6” debe ser expedido por los servicios de salud correspondientes en el Trabajo y que se encuentre dentro del expediente.

Ascendiente

Tiene que demostrar el parentesco y la dependencia económica con el pensionado. No debe existir una esposa, concubina e hijos del beneficiario con derecho. Y entregar alguno de los siguientes documentos en original:

  • Copia certificada de la Resolución emitida por una autoridad judicial que acredite la dependencia económica del ascendiente con el asegurado, al momento de la solicitud.
  • Constancia expedida por los servicios de Afiliación y Vigencia de Derechos, donde se demuestre que el registro como beneficiario del pensionado, se encuentra vigente a la fecha de solicitud.

Este trámite es gratuito y debe ser realizado de manera presencial. Para conocer cuál es la oficina más cercana en donde puedes realizar el trámite debes seguir los siguientes pasos:

  1. Ingresar al enlace https://www.gob.mx/tramites/ficha/pension-de-invalidez-ante-el-imss/IMSS365 
Portal para pensión IMSS

2.-  Abajo de la página encontrarás el siguiente apartado en donde podrás elegir el estado y municipio en donde vives.

Apartado del portal del IMSS para la ubicación de oficinas para realizar el trámite de familiares de un pensionado

3.-  Al seleccionar un estado, podrás ver las oficinas con las que cuenta la entidad, dirección, horario de atención, de recepción y de entrega.

Oficinas del IMSS

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