Derechos de las madres trabajadoras: ¿cuáles son?

La Ley Federal del Trabajo establece los derechos de las madres trabajadoras. Aquí te decimos cuáles son.

Derechos de las madres trabajadoras

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La Ley Federal del Trabajo establece los derechos de las madres trabajadoras. Aquí te decimos cuáles son.

Los derechos de las madres trabajadoras están establecidos en la Constitución mexicana. En el país, aproximadamente 7.4 millones de mujeres tienen hijos y trabajan, de acuerdo con datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi). 

En este video te decimos cuáles son. 

Sigue leyendo para encontrar más información.

Los derechos de las madres trabajadoras

Según la Ley Federal del Trabajo en el artículo 170, como mamá tienes acceso a lo siguiente:

  1. Durante tu periodo de embarazo, no podrás realizar trabajos que exijan mucho esfuerzo, como: 
  • Levantar, tirar o empujar grandes pesos. 
  • Cualquiera que produzca trepidación.
  • Estar de pie durante mucho tiempo.
  • Lo que pueda alterar tu estado psíquico y nervioso. 
  1. Puedes disfrutar de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto. Dependiendo de las circunstancias se puede extender a cuatro semanas, o incluso ocho semanas posteriores al parto si tu bebé nació con alguna dificultad que requiere más cuidados médicos. Eso sí, este descanso es posible sacando permisos médicos y hablando con tus jefes. 
  2. Si adoptaste o piensas hacerlo, también tienes derecho a un descanso de seis semanas posteriores al día en que recibas a tu hija o hijo. Y esto con goce de sueldo.
  3. Durante el periodo de lactancia, hasta por seis meses máximo, tendrás 2 reposos extraordinarios al día para alimentar a tu bebé. De media hora cada uno en un lugar higiénico que designe la empresa. Si esto no es posible se debe reducir una hora de tu jornada laboral por seis meses.
  4. Durante tu periodo de descanso recibirás tu salario íntegro, en caso de que este se extienda luego de tu descanso, tendrás derecho solo al 50 por ciento de salario.  
  5. Tienes derecho a regresar al puesto que desempeñabas. 
  6. Tienes derecho a que en tu antigüedad sea contado el tiempo de descanso preparto y posparto.  

Te invitamos a leer por completo el artículo 170 en la  Ley Federal del Trabajo. Y te deseamos no solo un feliz día sino que tu trabajo dentro y fuera del hogar sea siempre reconocido dignamente. 

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