Las leyes contra la crueldad animal en México permitieron sentenciar a un hombre que asesinó a dos perros en Querétaro. La lucha por la protección animal continúa.
Athos y Tango, perros rescatistas, fueron envenenados con salchichas el pasado 13 de junio de 2021. En agosto de 2022, las leyes contra la crueldad animal en México permitieron encarcelar al culpable y sentenciarlo a 10 años de prisión.
Ambos canes dedicaron su vida a la búsqueda y rescate de personas, así como al acompañamiento y asistencia de personas con depresión y ansiedad, durante años fueron parte del cuerpo de la Cruz Roja. Athos, un perro de raza border collie de 4 años, contaba con un certificado de la Organización Internacional de Perros de Búsqueda y Rescate. Tango era un Yorkshire que se desempeñaba principalmente brindando atención y apoyo emocional a personas.
El 13 de junio de 2021, ambos canes y Balam (hijo de Athos) fueron envenenados con salchichas en su domicilio en Querétaro, lo que les provocó la muerte a Athos y Tango, y la hospitalización a Balam. En respuesta, su cuidador interpuso una denuncia ante la Fiscalía General del Estado, instancia que abrió una carpeta de investigación sobre el caso, con base en las leyes contra la crueldad animal en México.
De acuerdo con el testimonio, Benjamín “N” (el culpable) era su vecino, y en reiteradas ocasiones externó su disgusto por la presencia de los canes, llegando al grado de lanzarles las salchichas preparadas con mezcla de venenos.
Juicio Histórico: el primer agresor en ser sentenciado.
Querétaro se convirtió en el primer estado mexicano en iniciar una lucha penal ante el maltrato animal. La abogada que representó a las mascotas, Mónica Huerta, llegó a la última instancia en juicio, y después de poco más de un año logró justicia.
El pasado 13 de agosto, la jueza Alicia Basurto García dictó 10 años y medio de prisión a Benjamín “N”. El hombre de 60 años fue encontrado culpable del asesinato de los canes, y también deberá pagar 2.4 millones de pesos por la reparación del daño, así lo indican las leyes contra la crueldad animal en México.
De los 2.4 millones de pesos, 2 millones 145 mil 479 pesos corresponden al daño por la muerte de Athos y 223 mil 548 pesos por la de Tango. También deberá pagar una multa de 151 mil 464 mil pesos por hacer un daño irreparable a la sociedad.
¿Qué dicen las leyes contra la crueldad animal en México?
Las leyes contra la crueldad animal en México permiten sentenciar a prisión a quienes ejerzan maltrato en contra de los animales. En 2021 la Cámara de Diputados aprobó reformas en materia de delitos contra la vida e integridad de animales.
Una de las reformas del 2021 establece que a quien cause la muerte dolosa de un animal se le impondrán de 10 a 100 días de salarios mínimos de multa (hasta 17 mil 287 pesos) además de 60 a 180 jornadas de trabajo a favor de la comunidad.
El agresor también podría enfrentar una pena de entre tres meses y dos años de prisión, y una multa de 150 veces la Unidad de Medida y Actualización (14 mil 433 pesos), en caso de que dolosamente cause lesiones o sufrimiento a un animal, o lo utilice para fines sexuales.
El Gobierno de México indicó en 2021 que el país ocupa el tercer lugar mundial en cifras de maltrato animal. De igual manera, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) reportó 205 casos de crueldad o maltrato animal en 2017.
¿Cómo se regula en cada estado?
Serendipia consultó las leyes contra la crueldad animal en México y el código penal de cada entidad para conocer cuáles son las principales conductas penadas y cómo se aplican las sanciones a quienes cometan maltrato animal. Aquí un resumen.
Entidad | Leyes contra la crueldad animal en México | Conductas penadas | Sanciones |
Aguascalientes | Ley de Protección a los Animales para el Estado de Aguascalientes | -Producir la muerte de un animal con un método que prolongue su agonía. -Llevar a cabo cualquier mutilación orgánica al animal. -Abandonar a un animal, o privarlo de aire, luz, alimento o bebida. -Realizar cualquier acto de crueldad contra el animal. -Organizar, inducir o provocar peleas de cualquier especie animal. | Las penas van de cinco a ciento cincuenta a 500 veces el valor diario de la unidad de medida y actualización (481 a 48 mil 110 pesos). Además de 1 a 3 meses de prisión, el pago de la reparación de daños y perjuicios ocasionados, de acuerdo al Código Penal de la entidad. |
Baja California | La Ley de Protección a los Animales Domésticos del Estado de Baja California | -Muerte producida utilizando un medio que prolongue la agonía del animal. -Cualquier mutilación que no se efectúe bajo el cuidado de un médico veterinario. -Torturar o maltratar a un animal -El descuidar la morada y las condiciones de aireación, movilidad, higiene y albergue de un animal, | El código penal sanciona estas conductas con prisión de tres meses a dos años y multa decincuenta veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (4 mil 811 pesos). |
Baja California Sur | La Ley de Protección de los animales domésticos para Baja California Sur | -Administrar drogas o bebidas alcohólicas a un animal. -Atropellar animales de manera intencional. -La sobrexplotación, golpes, ahorcamiento, derrame de ácidos corrosivos, veneno, agua hirviendo sobre ellos. -Disparos con armas de fuego, balines, usos y abusos sexuales a los animales | De acuerdo al código penal, en caso de que no pongan en peligro la vida del animal, se le impondrán de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a cien días (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos). |
Campeche | La Ley para protección animal | -Abandonar animales vivos tanto en espacios públicos como privados. -Sacrificar animales empleando métodos distintos a los establecidos en las normas oficiales. -Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, juego, egoísmo o negligencia. -Azuzar animales para que se acometan entre ellos. -Usar animales en espectáculos circenses. | Las penas van de seis meses a dos años de prisión y multa de cien a doscientas Unidades Diarias de Medida y Actualización (9 mil 622 a 19 mil 244 pesos). |
Chiapas | La Ley de protección para la fauna en el estado de Chiapas | – La muerte producida por un medio que prolongue la agonía del animal. -Cualquier mutilación orgánicamente grave, sin supervisión de un médico. -Toda privatización de aire, agua, alimentos o luz. | Se impondrán el apercibimiento, la amonestación, sanción económica de cinco hasta seis mil días de salario mínimo (864 a 1 millón 370 mil 220 pesos), arresto administrativo y reparación del daño |
Ciudad de México | La Ley de Protección de animales de Ciudad de México | -El sacrificio de animales empleando métodos diversos a los establecidos en las normas oficiales mexicanas. -No brindarles atención médico veterinaria cuando lo requieran. -Abandonar a los animales en la vía pública- -Azuzar a los animales para que se ataquen entre ellos o a las personas. | El código penal sancionará con un periodo de dos a cuatro años de prisión y de 50 a 100 días de multa (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos) |
Coahuila | La Ley de Protección y trato digno a los animales | De acuerdo al código penal, se sancionará: -Provocar dolor extremo a un animal que tenga sujeto para el trabajo. -Practicar la vivisección de un animal sin fines científicos. -Mutilación o intervención quirúrgica sin anestesia. -Lesionar con fines perversos. | Se impondrá de seis meses a dos años de prisión y de cien a quinientos días multa (17 mil 287 a 86 mil 435 pesos), así como el decomiso de todos los animales que pudiera tener bajo su cuidado. |
Colima | La Ley para la protección a animales | -Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia grave. -Descuidar la morada y las condiciones de movilidad, higiene y albergue de un animal. -Incitar a los animales para que se ataquen entre ellos | El código penal de la entidad indica que se le impondrá de tres días a un año de prisión y multa de hasta cien unidades (9 mil 622 pesos). |
Durango | La Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Durango | -Los actos u omisiones que sean susceptibles de causar a un animal dolores o sufrimientos considerables o que afecten gravemente su salud e integridad física. -El torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o grave negligencia. -Actos u omisiones que sean susceptibles de causar a un animal la muerte, heridas o laceraciones. -Los actos de perversión sexual efectuados de una persona a un animal. -Enajenar los Animales Domésticos de Compañía, mayores a dos meses sin esterilizarlos o esterilizarlos antes de dicho período. | Por actos de maltrato animal, el código penal estipula de 3 meses hasta un año de prisión, y hasta 100 días de multa (17 mil 287 pesos) |
Guanajuato | Ley para la Protección Animal del Estado de Guanajuato | -Cualquier alteración a la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales. -Todo acto u omisión que ocasione sufrimiento o ponga en peligro la vida de un animal. -Toda privación de aire, luz, alimento, agua, espacio, cuidados médicos y alojamiento adecuado, acorde a su especie. -Abandonar a los animales en la vía pública o desatenderlos por periodos prolongados. -El obsequio de animales con fines de propaganda y publicidad. | Su código penal estipula que al que dolosamente cause la muerte de un animal vertebrado, se le impondrá de diez a cien días multa (mil 728 y 17 mil 287 pesos) y de sesenta a ciento ochenta jornadas de trabajo en favor de la comunidad. |
Guerrero | La Ley de Bienestar Animal del Estado de Guerrero | -Toda privación de aire, luz, alimento, agua e higiene; de alojamiento y espacio suficiente acorde a su especie y de abrigo contra la intemperie -El sacrificio de la vida sin causa justificada o que provoque sufrimiento, miedo y agonía dolorosa -Aislarlos en azoteas, cuartos oscuros y terrenos baldíos. -La utilización de accesorios que pongan en riesgo la integridad física de los animales o que les cause dolor -Torturarlos o maltratarlos por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia o con fines de entretenimiento. | De acuerdo a las leyes contra la crueldad animal en México, las sanciones corresponden a amonestación, multa (6 mil 914 a 41 mil 488 pesos), arresto administrativo de hasta 36 horas y decomiso de animales. Será evaluado de acuerdo a la gravedad del maltrato. |
Hidalgo | Ley de Protección y Trato Digno Para los Animales en el Estado de Hidalgo | -Causarle la muerte innecesaria, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o provoque cualquier sufrimiento -Cualquier mutilación, alteración a la integridad física o modificación negativa de sus instintos naturales. -Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, deterioro físico, tensión nerviosa o que ponga en peligro su vida o que afecte el bienestar del animal. -Mutilar, torturar, envenenar, quemar, golpear, estrangular y asfixiar y cualquier otro similar. | De acuerdo al código penal a quien realice actos de maltrato se le impondrán de 3 meses a 1 año de prisión de prisión y multa de 25 a 50 Unidades de Medida y Actualización (2 mil 405 a 4 mil 811 pesos); en caso de que las lesiones causen la muerte al animal doméstico o feral, se impondrá de 6 meses a 2 años de prisión y multa de 50 a 150 Unidades de Medida y Actualización. |
Jalisco | La Ley de Protección a Animales para el Estado de Jalisco | – Causarle sufrimiento a un animal. -Causarle la muerte con causa justificada pero utilizando medios inadecuados que prolonguen su agonía o provoque sufrimiento. -Cualquier modificación negativa de sus instintos naturales. -Azuzar a los animales para que se ataquen entre ellos o a las personas. | El Código penal impone una multa por el equivalente de 20 a 300 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (mil 924 a 28 mil 866 pesos). En casos de reincidencia, se impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión. |
México | La Ley Protectora de Animales del Estado de México | -Los actos u omisiones que sean susceptibles de causar a un animal dolores o sufrimiento considerables o que afecten gravemente su salud -Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia -Descuidar la morada y las condiciones de movilidad, higiene y albergue de un animal. -La muerte producida utilizando un medio de prolongada agonía, causándole sufrimientos innecesarios -Cualquier mutilación orgánicamente grave. | Estos hechos serán sancionados con la pena máxima que fija la Ley de acuerdo a la gravedad del maltrato. |
Michoacán | La ley de derechos y protección para los animales de Michoacán | -La utilización de animales en protestas, marchas y plantones, que les provoque sufrimiento o maltrato innecesario. -La venta de animales en la vía pública, mercados y establecimientos sin la autorización correspondiente. -La celebración de peleas de perros. Suministrar bebidas alcohólicas o drogas a un animal cuando no exista justificación médica veterinaria -La comercialización o explotación de animales enfermos con lesiones, traumatismos, fracturas o heridas, así como en estado de desnutrición. | De acuerdo al código penal, a quien maltrate un animal se le impondrá de seis meses a dos años de prisión y multa de cincuenta a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (4 mil 811 a 48 mil 110 pesos). |
Morelos | Ley Estatal de Fauna de Morelos | -Los actos u omisiones carentes de un motivo razonable o legítimo y que causen a un animal dolores o sufrimientos considerables o que afecten gravemente la salud. -Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia. -Descuidar la morada y las condiciones de movilidad, higiene al albergue de un animal. -La muerte producida utilizando un medio que prolongue la agonía del animal, causándole sufrimientos innecesarios. -Utilización de animales en espectáculos públicos o privados. | El código penal indica que al que cometa actos de maltrato o crueldad en contra de cualquier especie de animal doméstico provocándole la muerte, se le impondrán de seis meses a un año de semilibertad.En caso de reincidencia se le impondrán de seis meses a un año de prisión |
Nayarit | Ley de Protección a la Fauna del Estado de Nayarit | -Mantenerlos permanentemente amarrados, encadenados, o permanentemente expuestos a la intemperie. -No proporcionarles alimento por largos periodos de tiempo o proporcionárselos en forma insuficiente o en mal estado. -Mantenerlos permanentemente enjaulados, excepto cuando tenga aptitud para volar o sean animales de corral. -Golpearlos o lastimarlos de cualquier modo o forma innecesaria. -No brindarles atención veterinaria cuando lo requieran; | El código penal sanciona el maltrato animal con una pena de 3 meses a 3 años de prisión y multa de 60 a 365 días (10 mil 372 a 63 mil 97 pesos). |
Nuevo León | Ley de Protección y Bienestar Animal para la Sustentabilidad del Estado de Nuevo León | De acuerdo a las leyes contra la crueldad animal en México, es penado: “La conducta de maltrato animal o violencia ejercida en contra de los animales que implique la mutilación parcial o total de su cuerpo, la alteración de su integridad física con el objeto de transformar su apariencia o conseguir un fin estético, tortura, envenenamiento, tormentos, privación habitual o continua del sustento necesario para el animal”. | Por su parte, el Código Penal sanciona el maltrato animal con prisión de 6 meses a 2 años, o hasta 3 años y sanción pecuniaria de 250 a 300 días (43 mil 217 a 51 861 pesos) si causa la muerte a un animal. |
Oaxaca | reglamento sanitario de animales domésticos de compañía | -Tenerlos atados, enjaulados o amarrados en condiciones que afecten su necesidad vital y libertad de movilidad. -Mutilarlos, salvo que sea necesario para preservar su salud o vida. -Utilizarlos en experimentos de disección de cirugía, cuando no tenga finalidad académica o científica. -Arrojarlos vivos en recipientes para su cocción o freimiento, quemarlos o colgarlos vivos. -Utilizarlos para prácticas sexuales. | El código penal sancionará: -La crueldad animal y agonía con carcel de 3 meses a dos años y multas de hasta mil días de salarios mínimos (172 mil 870 pesos) -La privación de la vida con hasta 4 años de carcel y multas de hasta mil 500 días de salario mínimo (259 mil 305 pesos) -El abuso sexual animal con prisión de 3 meses a un año, con multa de hasta 800 días de salario mínimo. (138 mil 296 pesos) |
Puebla | ley de bienestar animal | -Cualquier hecho, acto u omisión que cause maltrato al animal, así como crueldad. -Someter a un animal a la realización de trabajos o actividades que sobrepasen su fuerza o capacidad. -La práctica de la zoofilia. -Vender animales que se encuentren enfermos o lesionados. -Abandonar a un animal. | El código penal castiga de 6 meses a dos años de prisión a quien cometa actos de crueldad o maltrato animal, y multa de hasta 100 días de salario (17 mil 287 pesos) Y hasta 4 años de prisión si le provocan la muerte a un animal. |
Querétaro | Ley de Protección Animal del Estado de Querétaro | -Golpearlos o lastimarlos de cualquier modo o forma innecesaria. -No brindarles atención veterinaria cuando lo requieran. -Obligarlos, por cualquier medio, a que acometan a personas u otros animales. -Cometer sobre ellos, actos de bestialismo, cópula o actos de contenido sexual. -Provocarles la muerte empleando medios o sustancias que prolonguen su agonía o produzcan dolor. | El Código Penal sanciona: -Actos de maltrato animal: de 3 a 15 meses de prisión y 100 a 200 días de multa (17 mil 729 a 34 574 pesos) -Si provoca la muerte de un animal hasta 4 años de prisión. |
Quintana Roo | La Ley de Protección y Bienestar Animal | -Causarles la muerte utilizando cualquier medio que provoque sufrimiento. -El sacrificio de animales empleando métodos diversos a los establecidos en las Normas Oficiales Mexicanas. -Cualquier mutilación, física u orgánica, que no se efectúe por motivos fundados de salud y seguridad. -Los actos de perversión sexual y conducta anormales efectuados por un ser humano a un animal o valiéndose del mismo. -El suministrar a los animales de forma intencional o negligente, sustancias u objetos que le causen o puedan causar daños o muerte. | Su código penal sancionará: -Crueldad animal que no ponga en peligro su vida: seis meses a un año de prisión y hasta 50 días de multa. (8 mil 643) -Si le provoca la muerte a un animal será penado con prisión de 1 a 2 años y 100 a 200 días de multa (17 mil 729 a 34 574 pesos) |
San Luis Potosí | La Ley de Protección a los Animales | -Ocasionar la muerte intencional por cualquier medio, que produzca agonía al animal, causándole sufrimiento. -Mutilar al animal, sin las medidas indoloras necesarias; por negligencia o crueldad. -Privar de aire, luz, alimento, bebida, espacio adecuado y suficiente al animal de que se trate. -Hostigar o maltratar a cualquier animal. | El Código Penal aplicará las siguientes sanciones: -Maltrato animal con lesiones mínimas: de 5 a 12 meses de prisión y multa de 30 a 130 días el valor de UMA (2 mil 886 a 12 mil 508 pesos). -Maltrato animal con lesiones que produzcan menoscabo físico permanente: de 1 año a 2 años de prisión y multa de hasta 400 días de valor de UMA (38 mil 488) -Provoque la muerte de un animal: 1 año a 5 años y de hasta 600 días de multa (57 mil 732 pesos) |
Sinaloa | Ley de Protección a los Animales | -Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento o que ponga en peligro la vida o afecte el bienestar del animal. -Causarle la muerte innecesaria, utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o le provoque cualquier sufrimiento. -Hacer ingerir al animal bebidas alcohólicas o suministrar drogas sin fines terapéuticos o de investigación científica. -Usar animales vivos como blanco de ataque en el entrenamiento de animales adiestrados. -Abandonar a los animales en la vía pública. | El Código Penal sanciona: -Maltrato o crueldad animal: de 3 meses a 1 año de prisión y de 50 a 100 días de multa. (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos) -Si causa la muerte de un animal: de seis meses a un año de prisión y de 100 a 200 días de multa (17 mil 287 a 34 mil 574 pesos) |
Sonora | Ley de Protección a los Animales | -Cualquier mutilación estética o que no se efectúe por necesidad. -Torturar o maltratar por maldad, brutalidad, egoísmo o grave negligencia. -Las actividades de zoofilia. -Mantenerlos permanentemente amarrados, encadenados o enjaulados, en azoteas, balcones o lotes baldíos. -Los actos u omisiones que sean susceptibles de causarles dolores, sufrimientos considerables o afectación grave de su salud. | Las leyes contra la crueldad animal en México imponen el apercibimiento, la amonestación, sanción económica de hasta seis mil días de salario mínimo (un millón 37 mil 220 pesos), arresto administrativo y reparación del daño |
Tabasco | Ley para la Protección y Cuidados | -Causarles la muerte utilizando cualquier medio que prolongue la agonía o provoque sufrimiento -El sacrificio de animales empleando métodos diversos a los establecidos en las normas oficiales mexicanas. -Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia grave. -Los actos de zoofilia -No brindarles atención médico veterinaria cuando lo requieran o lo determinen las condiciones para el bienestar animal. | Esta misma ley indica que quien cometa actos de crueldad animal deberá pagar una multa de una 200 veces el valor de UMA (19 mil 244 pesos). Se incrementa de acuerdo a la gravedad del acto. |
Tamaulipas | Ley de Protección a los Animales | -Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o que afecten su bienestar. -Torturar o maltratar a un animal por maldad, brutalidad, egoísmo o negligencia grave. -La muerte provocada con sufrimiento, dolor, miedo o agonía prolongada. -Toda utilización o perversión sexual en la que se haga participar a un animal -Abandonar a los animales en la vía pública, en áreas rurales o por períodos prolongados en bienes propiedad de particulares. | El código penal sanciona:-El maltrato, tortura o muerte de un animal: de dos meses a dos años de prisión, 200 a 500 días de multa (hasta 86 mil 435 pesos) y aseguramiento del animal. |
Tlaxcala | Ley de Protección y Bienestar Animal | -Provocar la muerte de animales por envenenamiento, asfixia y uso de ácidos corrosivos e instrumentos punzo cortantes, golpes. -Las mutilaciones con fines estéticos. -Uso de animales vivos como señuelos u objetivos de ataque durante el entrenamiento de animales para guardia y protección. -Introducir animales vivos en líquido hirviendo o muy caliente. -Desollar animales vivos. | Las violaciones a la ley se sancionará con amonestación escrita, multa por 5 a 200 Unidades de Medida y Actualización (481 a 19 mil 244 pesos) vigente al momento de imponer la sanción. |
Veracruz | Ley de Protección a los Animales | -No brindar a los animales atención médico veterinaria cuando lo requieran o lo determinen las condiciones para su bienestar. -Todo hecho, acto u omisión que pueda ocasionar dolor, sufrimiento, poner en peligro la vida del animal o afectar su bienestar. -Toda privación de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie, cuidados médicos y alojamiento adecuado, acorde a su especie, que cause o pueda causar daño a un animal. -Abandonar a los animales en la vía pública o comprometer su bienestar al desatenderlos por períodos prolongados en bienes de propiedad particular. | El código penal impone de seis meses a tres años de prisión y multa de cincuenta a cien días de salario mínimo (8 mil 643 a 17 mil 287 pesos). |
Yucatán | Reglamento para la Protección de la Fauna | De acuerdo al código penal: -Cause la muerte a un animal doméstico, sin previo dictamen por escrito de un médico veterinario. -Realice cualquier mutilación, alteración de la integridad física o modificación negativa de los instintos naturales de un animal doméstico, sin causa justificada o sin la supervisión de un especialista. -Prive a un animal doméstico de aire, luz, alimento, agua, espacio, abrigo contra la intemperie, cuidados médicos o alojamiento adecuado, acorde a su especie, que cause o pueda causarle daño. | Se le impondrá una pena de seis meses a dos años de prisión y multa de hasta doscientas unidades de medida yactualización (19 mil 244 pesos). |
Zacatecas | Ley para el Bienestar y Protección de los Animales | -El uso de animales vivos como blanco de ataque en el entrenamiento de animales adiestrados. -El obsequio, distribución, venta y cualquier uso de animales vivos para fines de propaganda política o comercial, obras benéficas, ferias, entre otros. -La venta de animales vivos a menores de dieciocho años de edad. -Hacer ingerir a un animal bebidas alcohólicas o suministrar drogas sin fines terapéuticos o de investigación científica. | De acuerdo al código penal, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y de cien a doscientas veces la unidad de medida y actualización (9 mil 622 a 19 244 pesos) |
Vivo en la ciudad de Puebla , agradezco que me hayan desglosado un tema tan importante como es : Las leyes en contra del maltrato animal, recientemente mi querida gatita fué objeto de la crueldad animal a manos de un vecino de mi localidad quien le dió muerte de una forma tan brutal y despiadada , por mi parte he decidido denunciar este acto tan repugnante ante la fiscalía , el leer esta información me hace tener una esperanza de que se le puede hacer justicia , me hubiera gustado que la historia de mi gatita tuviera difusión para hacer consiente a la gente de que son seres vivos como nosotros y que tienen derecho a vivir de una forma segura, tranquila y sobre todo felíz!