Periodo de intercampañas: esto es lo que no pueden hacer los funcionarios

¿Qué es el periodo de intercampañas? Conoce lo que está prohibido hacer en esta etapa del Proceso Electoral 2024. 

Periodo de intercampañas: esto es lo que no pueden hacer los funcionarios

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¿Qué es el periodo de intercampañas? Conoce lo que está prohibido hacer en esta etapa del Proceso Electoral 2024. 

Las y los aspirantes a la presidencia de México se encuentran en periodo de intercampañas. Las precampañas empezaron el 20 de noviembre de 2023 y terminaron el 18 de enero de 2024, con la celebración de las precandidatas Xóchitl Gálvez de la coalición “Frente Amplio por México”, Claudia Sheinbaum de “Sigamos Haciendo Historia”, y la breve precampaña de Jorge Álvarez Máynez por el partido Movimiento Ciudadano (MC).

El periodo de intercampañas, estipulado desde el 19 de enero hasta el próximo 29 de febrero, tiene como principal objetivo poner fin a la etapa de preparación y selección interna de precandidatos por los simpatizantes y afiliados de sus partidos y coaliciones. Eso no ocurrió en este proceso electoral porque las precandidatas eran únicas, es decir, no tuvieron competencia dentro de su coalición o partido. 

Durante la intercampaña, los partidos y candidatos tienen prohibido hacer promoción y competencia electoral. Pero, si estamos en intercampañas, ¿por qué seguimos viendo a los contendientes?

¿Qué es el periodo de intercampañas?

La precampaña tuvo el objetivo de realizar un proceso de selección interna y que los partidos políticos y coaliciones presentaran a sus precandidatos únicos, quienes se registrarán como candidatos oficiales entre el 15 y el 22 de febrero. 

La intercampaña, que terminará el próximo 29 de febrero, es una temporada en la que se busca resolver las posibles diferencias en la selección interna de precandidaturas, con el objetivo de establecer los registros de las candidatas y candidatos oficiales para la elección popular.

Durante la intercampaña, los partidos políticos tienen limitaciones, con el objetivo de asegurar la imparcialidad en la próxima contienda. Ninguna de las coaliciones o participantes tiene permitido solicitar el voto ni promover el posicionamiento de la población con algún candidato. 

Además, el periodo de intercampaña permite al Instituto Nacional Electoral (INE) monitorear el cumplimiento de los requisitos necesarios para el registro de las postulaciones. 

En este lapso, el INE también solicitará la fiscalización de los gastos e ingresos de precampaña de las precandidatas y precandidatos, para así comprobar su validez en el límite de presupuesto de 85 millones 926 mil 665 pesos.

Entonces, si es un periodo sin propaganda, ¿por qué seguimos viendo a las precandidatas y precandidatos? 

¿Qué SÍ pueden hacer las y los contendientes?

El Instituto Nacional Electoral (INE), sí permite la difusión de propaganda política. Sin embargo, debe limitarse a presentar alguno de estos rubros: 

  • Ideologías
  • Principios
  • Valores

La propaganda puede transformar o confirmar opiniones que estén a favor de las ideas y creencias del partido. De la misma manera, pueden invitar a la ciudadanía a formar parte de sus miembros, con la intención de promover su participación e incrementar el número de sus afiliados.

¿Esto qué significa? La publicidad debe estar enfocada en la imagen de los partidos y las creencias de sus participantes. Pueden mostrar su imagen y utilizar sus documentos y registros básicos para darse a conocer, como la Declaración de Principios y el Programa de Acción de sus partidos. 

Otras acciones que tienen permitidas son: 

  • Publicar mensajes promocionales de carácter informativo en radio y televisión
  • Asistir a reuniones privadas en las que expongan temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto. 
  • Difundir cuestionamientos sobre la actividad gubernamental

Durante este periodo, los mensajes promocionales no deben hacer mención ni especificar la candidatura o partido político, ya sea para posicionarlo de forma negativa o positiva. 

¿Qué está prohibido en el periodo de intercampaña?

Las acciones que no tienen permitidas durante la intercampaña las y los precandidatos, son las siguientes: 

  1. Las personas aspirantes no podrán aparecer en spots, debates, mesas redondas o de análisis de radio y televisión, en donde esté presente más de un precandidato. 
  2. El contenido de su propaganda comercial sólo puede tener carácter informativo, tienen prohibido solicitar el voto. 
  3. Los promocionales no deben identificar candidaturas o partidos políticos, a fin de posicionarlos de forma negativa o positiva.
  4. Cometer actos anticipados de campaña, como pedir el voto o promover propuestas o programas gubernamentales. 

Según el INE, los actos anticipados de campaña deben cumplir con tres requisitos para ser sancionados: 

  1. Un elemento personal: deben ser realizados por partidos políticos, militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos.
  2. Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después de la selección interna de precandidato y antes de su registro constitucional. 
  3. Un elemento subjetivo: que tengan el propósito de promover una candidatura para obtener el voto de la ciudadanía en la jornada electoral.

Sanciones durante el periodo de intercampaña

En caso de que algún partido político o precandidato infrinja con las normas establecidas del periodo de precampaña, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación sería la encargada de establecer el tipo de sanción que amerite la falta. 

Las sanciones están reguladas a través de la Ley General en Materia de Delitos Electorales y la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales y podrían incurrir en multas y prisión, dependiendo de la gravedad de los actos cometidos por los contendientes o partidos políticos. 

¿Campaña anticipada o libertad de expresión?

El principal aspecto que las y los aspirantes deben contemplar, es la participación responsable en sus eventos y propaganda

Según el INE, es esencial salvaguardar la libertad de expresión de las personas aspirantes y el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística. 

Por esa razón, los medios de comunicación tienen permitido realizar entrevistas y difundir noticias sobre los partidos políticos, las precandidaturas y las candidaturas cuando se encuentren registradas. 

Toda comunicación debe ser respetuosa y equitativa de acuerdo con las disposiciones de compra o adquisición de tiempo en la radio y la televisión.

La próxima etapa del proceso electoral 2024 será el registro de las y los candidatos entre el 15 y el 22 de febrero. En ese momento, los mexicanos conocerán a las candidaturas oficiales que participarán en las campañas para votar el próximo 2 de junio. 

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Comentarios

1 comentario en la nota: Periodo de intercampañas: esto es lo que no pueden hacer los funcionarios


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  1. Danae... dice:

    💛💛💛…