¿Reforma electoral en 2022? Esto quiere AMLO

El presidente López Obrador anunció que enviará al Congreso una Reforma Electoral después de la consulta de Revocación de Mandato pero, ¿en qué consiste esta Reforma Electoral? Te contamos todo al respecto.

reforma electoral en 2022

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El presidente López Obrador anunció que enviará al Congreso una Reforma Electoral después de la consulta de Revocación de Mandato pero, ¿en qué consiste esta Reforma Electoral? Te contamos todo al respecto.

El presidente Andrés Manuel López Obrador dijo que propondrá una reforma electoral en 2022. Eso sucedió el 29 de marzo durante la conferencia de prensa matutina del mandatario, quien dijo que presentará la iniciativa a la Cámara de Diputados después del 10 de abril (es decir, tras la realización de la consulta de Revocación de Mandato), enviará a la Cámara de Diputados. López Obrador detalló que con esta iniciativa busca garantizar la democracia en México, que los magistrados y consejeros no tengan actitudes “tendenciosas” y en su lugar, se garantice el voto libre y secreto para la ciudadanía.

Dentro de la Reforma Electoral que planea enviar este 2022 a la Cámara de diputados, López Obrador propondrá que el “pueblo” elija a los consejeros y magistrados electorales. Para lograrlo, los tres poderes (ejecutivo, legislativo y judicial) deberán presentar a 20 ciudadanos, es decir, 60 ciudadanos en total que serán presentados como candidatos en elecciones abiertas y quien tenga mayor porcentaje de votos ocupará el puesto. Además, se buscará que sea “mitad hombres y mitad mujeres”, según lo que dijo López Obrador.

¿Qué ha dicho López Obrador sobre la Reforma Electoral?

La Reforma Electoral, es una iniciativa que el presidente ya había prometido enviar a la Cámara de Diputados desde junio de 2021. En su conferencia matutina del 15 de junio de 2021, AMLO, agregó que esta iniciativa incluiría una ley para que el INE fuera un órgano confiable donde los consejeros fueran demócratas y personas honestas. Esta Reforma Electoral también tendrá la intención de reducir los gastos en procesos electorales, “en México se realizan las elecciones más caras del mundo”, comentó el presidente.

Asimismo, en conferencia de prensa del 29 de diciembre del 2021 mencionó que para el 2022 alistaba una Reforma Electoral en donde se buscaría que el Instituto Nacional Electoral (INE)  “respete el pueblo”, además que el Instituto garantice la democracia, realice elecciones limpias y libres.

¿Cómo son designados los consejeros  y magistrados actualmente?

Elegir a los magistrados electorales es un trabajo que le corresponde a la Cámara de Senadores, de acuerdo al artículo 99 los magistrados electorales que integren las salas Superior y Regionales serán elegidos por el voto de las dos terceras parte de los miembros de la Cámara de Senadores.

Artículo 99 que menciona la integración de los Magistrados electorales. Esto podría cambiar en la Reforma Electoral 2022

¿Cómo es la selección de los consejeros del INE?

El Consejo General es el órgano central del Instituto Nacional Electoral (INE) y está conformado por Consejeros electorales, Consejeros del Poder Legislativo y representantes de partidos políticos. En el INE hay un consejero presidente y 10 consejeros electorales.

El artículo 110 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe) menciona que el consejero presidente y los consejeros electorales del Consejo General son elegidos por las dos terceras partes de los miembros que estén presentes de la Cámara de Diputados. En el caso de los consejeros electorales son elegidos por el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. El consejero presidente y los consejeros electorales ocupan su cargo durante nueve años y no pueden ser reelectos.

Artículo 110 delCódigo Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe).

En caso contrario, los consejeros del Poder Legislativo son propuestos por la Cámara de Diputados por los grupos parlamentarios con afiliación de partido en alguna de las Cámaras. Solo se permite un consejero por cada grupo parlamentario.

¿Qué requisitos deben seguir aquellos ciudadanos que quieran ser consejeros electorales?

De acuerdo con el artículo 112 del Cofipe, los consejeros electorales deberán reunir los siguientes requisitos:

  • Ser ciudadano/a mexicano de nacimiento y que no adquiera otra nacionalidad. El ciudadano/a debe estar en goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos.
  • Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con su credencial vigente para votar.
  • Tener más de 30 años de edad.
  • El día del nombramiento deberá contar con una antigüedad curricular mínima de cinco años.
  • Título profesional de nivel licenciatura.
  • Contar con buena reputación. Es decir, no haber sido culpable por algún delito, a excepción de que haya sucedido de carácter no intencional o imprudencial.
  • Haber habitado el país durante los últimos dos años. Se hará excepción en caso de ausencia en servicio de la República por un tiempo menor de seis meses.
  • No haberse registrado como candidato a algún cargo de elección popular en los últimos cuatro años anteriores a la designación.
  • No desempeñar o haber desempeñado un cargo de dirección nacional o estatal con algún partido político.
  • No ejercer alguno de los siguiente cargos, durante los cuatro años anteriores:
    • Secretario de Estado 
    • Procurador General de la República o del distrito Federal
    • Subsecretario u oficial mayor en la administración pública federal
    • Jefe de gobierno ….
    • Gobernador o Secretario de gobierno
  • No pertenecer o haber pertenecido como miembro del Servicio Profesional Electoral durante el último proceso electoral federal ordinario.

El secretario ejecutivo del Consejo Electoral deberá cumplir con los mismos requisitos, exceptuando  el último requisito mencionado.

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