Xóchitl Gálvez denunciará a AMLO por exhibir información confidencial de sus empresas. Aunque ya había sido sancionado por hacer algo similar, el mandatario publicó en su cuenta de Twitter el enlace a un documento con datos sobre los contratos que esas compañías han tenido con el gobierno y con otras empresas, así como una comparación de los montos de sus declaraciones anuales y las facturas electrónicas expedidas por esas empresas. Excepto los contratos con el gobierno, esa es información que, por ley, no puede ser divulgada.
El presidente Andrés Manuel López Obrador aseguró que Xóchitl Gálvez, aspirante a la candidatura presidencial por el Frente Amplio por México, ha sido beneficiada con contratos que diferentes gobiernos les otorgaron a sus empresas High Tech Services y Operación y Mantenimiento a Edificios Inteligentes.
Dijo que en total han recibido $1,400 millones de pesos de adjudicaciones gubernamentales.
Gálvez lo negó, y retó al presidente a demostrarlo.
Para hacerlo, López Obrador exhibió un documento en su cuenta de Twitter
en el que consta que
los contratos con el gobierno no alcanzan ese monto, sino
que es el resultado de las adjudicaciones de diferentes dependencias
gubernamentales (que suman alrededor de
70 millones de pesos desde 2002) y contratos con otras
empresas privadas.
El documento contenía esta información de las empresas ligadas a Xóchitl Gálvez:
- Nombre legal
- RFC
- Domicilio fiscal
- Actividad económica
- Socios y representantes legales
- Ingresos por contratos con el sector público
- Ingresos por contratos con el sector privado
- Depósitos en efectivo por año
- Gastos comerciales
- Nómina pagada
- Total declarado en la declaración anual (DA)
- Total facturado en comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI)
- Diferencia entre el total en DA y el total en CFDI
Esta es información pública:
- Nombre legal
- RFC
- Domicilio fiscal
- Actividad económica
- Ingresos por contratos con el sector público
Fuente: Rubén de la Fuente Ruíz, presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, delegación Puebla.
Esta es información privada:
- Socios y representantes legales
- Ingresos por contratos con el sector privado
- Depósitos en efectivo por año
- Gastos comerciales
- Nómina pagada
- Total declarado en la declaración anual (DA)
- Total facturado en comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI)
- Diferencia entre el total en DA y el total en CFDI
Fuente: Rubén de la Fuente Ruíz, presidente de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, delegación Puebla.
Pero esta no era la primera vez que el presidente hacía algo así. El 11 de febrero de 2021 difundió una lista de pagos realizados por diferentes medios de comunicación al periodista Carlos Loret de Mola, que ascendían a los 35 millones de pesos.
Después, el 7 de febrero de 2022, el presidente presentó, durante su conferencia matutina, la factura de un departamento adquirido por Loret que costó 24 millones de pesos.
En respuesta, Loret de Mola se deslindó de algunas de las empresas que supuestamente le pagaban y reprochó la acción del presidente, asegurando que esto vulneró su seguridad y la de su familia.
En agosto de 2022, el INAI resolvió que al exhibir esta factura, el presidente “incumplió con el deber de confidencialidad, así como con los principios de consentimiento, responsabilidad y licitud”.
El instituto le ordenó a la Presidencia eliminar ese fragmento de la conferencia de su canal de YouTube y, de no ser posible, eliminar la grabación completa. La orden fue acatada y actualmente el video no está disponible en el canal del gobierno de México.
Pero, ¿esto había pasado antes? En 2004, la entonces PGR le solicitó a la Cámara de Diputados iniciar un proceso de desafuero contra quien en ese momento era jefe de gobierno del Distrito Federal: Andrés Manuel López Obrador.
Aunque en ese momento no fueron exhibidos datos personales ni información confidencial de una empresa, López Obrador asegura todavía hoy que el expresidente Fox utilizó los recursos del gobierno de México para atacar a quienes consideraba como sus adversarios políticos, de frente al proceso electoral que iniciaría en 2006.
Xóchitl Gálvez denunciará a Andrés Manuel López Obrador (AMLO) por violar el secreto fiscal al exponer información confidencial sobre sus empresas. Esto lo adelantó la aspirante a la candidatura presidencial por el Frente Amplio por México el 25 de julio durante su gira por Puebla.
Pero, ¿por qué denunciar al presidente si ambas empresas, High Tech Services y Operación y Mantenimiento a Edificios Inteligentes (OMEI) tienen contratos con el gobierno? Gálvez no se refiere a esa información, que es pública y puede ser consultada tanto en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) como en CompraNet, por tratarse de servicios adquiridos por instancias gubernamentales y pagados con recursos públicos.
La denuncia estaría enfocada en la información confidencial que el presidente publicó en el documento que compartió en su cuenta de Twitter: ingresos por contratos con otras empresas privadas, depósitos en efectivo por año, los montos totales de las declaraciones anuales y el total facturado en comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI). Esos son datos que no están relacionados con el uso de recursos públicos y que, según las leyes mexicanas, son clasificados como información confidencial y por lo tanto no pueden ser divulgados.
Lo que hizo el presidente “está muy ligado a esa necesidad que tenemos (los ciudadanos) de saber de manera clara y transparente qué es lo que está ocurriendo con nuestras instituciones, pero la forma en la que lo materializa raya en la ilegalidad”, dice Marco Juárez Coronel, consultor en protección de datos personales.
Xóchitl Gálvez denunciará a AMLO. Pero, ¿qué es la información confidencial?
La información confidencial es toda aquella que involucra datos personales de individuos o empresas. Este tipo de información incluye a la relacionada (entre otros) con el secreto bancario y fiscal, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Para ser considerada confidencial, esta información no debe involucrar el uso de recursos públicos. Esta es información a la que solo puede tener acceso sus propietarios y los servidores públicos que tienen facultades legales para conocerla, según la ley. De acuerdo con Gálvez, el presidente violó la confidencialidad de esta información al publicar detalles sobre contratos con empresas que no son entes públicos.
Si Galvez está buscando un cargo de elección popular y desde el año 2000 ha tenido cargos públicos, ¿no debería divulgarse toda la información sobre ella para garantizar la transparencia total? Marco Juárez explica que “aunque la esfera de privacidad de las personas que laboran en el servicio público es más reducida, no implica que toda su información se tenga que considerar como información pública. Hay un ordenamiento constitucional en el artículo sexto que establece que las personas tienen derecho a una vida privada independientemente a su actividad pública y este es un derecho humano y fundamental”.
Entonces, ¿el presidente incurrió en un acto ilegal? Juárez dice que el acto “raya en la ilegalidad”, mientras que Miguel Ángel Suárez Amador, presidente de la Comisión Fiscal de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos (AMCP) y Luis Enrique Palacios Martínez, secretario técnico suplente de la Coordinación General de Transparencia del Ayuntamiento de Puebla coinciden en que la difusión de esa información sí fue ilegal.
Además, al publicar información referente a las declaraciones anuales de estas empresas y al monto total contenido en los comprobantes fiscales emitidos por ambas, el presidente vulneró también el secreto fiscal.
El secreto fiscal es (casi siempre) inquebrantable
Las personas contribuyentes en México (tanto físicas como morales) están obligadas a presentar información sobre su estado fiscal al Servicio de Administración Tributaria (SAT) regularmente. Esta información está protegida por el secreto fiscal, que según el artículo 69 del Código Fiscal de la Federación se trata de la obligación de guardar “absoluta reserva” de estos datos, por lo que no pueden ser compartidos con personas ajenas excepto en ocasiones excepcionales, ninguna de las cuales incluye la petición del presidente de la República.
El 14 de julio, el presidente López Obrador aseguró en su conferencia matutina que “la información que me llegó es que en nueve años sus empresas, son dos, recibieron tanto de desarrolladores como de los gobiernos, 1,400 millones de pesos”. Pero, ¿cómo “le llegó” al presidente?
López Obrador no ha aclarado cómo obtuvo esos datos. De esta manera, una de las posibilidades es que el SAT le haya dado la información. “Se presume que viene de ahí porque finalmente coincide con la información que todas las personas tenemos la obligación de presentar ante el Sistema de Administración Tributaria: cuántos ingresos estamos recibiendo, por qué conceptos (…) y es información que no está en posesión de otra dependencia gubernamental”.
Entonces, ¿existe algún mecanismo legal por medio del cual el presidente la pudo haber obtenido? El Código Fiscal establece que el “nombre, domicilio, actividad, ingreso total, utilidad fiscal, valor de los actos o actividades y contribuciones acreditables o pagadas” de un contribuyente pueden ser publicados siempre y cuando exista un acuerdo expreso del secretario de Hacienda y Crédito Público. El presidente no se refirió a un acuerdo de este tipo en su conferencia y tampoco hay registro público de ese documento exista.
Pero había otra posibilidad. El presidente López Obrador (a título personal, con un seudónimo o por medio de alguien más) podría haber dirigido una solicitud de acceso a la información pública al SAT para obtener esa información, argumentando que es de interés público por tratarse de una persona que busca la presidencia del país. De acuerdo con las leyes vigentes, el SAT no hubiera podido entregar la información y entonces el Instituto Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública (INAI) hubiera tenido que hacer una prueba de interés público para determinar si la necesidad de conocer esta información es más importante que la de proteger la información confidencial, explica Juárez.
Pero el presidente optó por publicar un documento con información confidencial sin aclarar su origen. Esto, además de violar la obligación de proteger esos datos, envía un mensaje al resto de la ciudadanía de que el acuerdo de confianza con las autoridades fiscales está roto, al exponer públicamente que los datos de los contribuyentes no son protegidos como establece la ley.
¿AMLO podría ser sancionado por divulgar los contratos de Xóchitl Gálvez?
En agosto de 2022 el INAI resolvió que la Oficina de la Presidencia, al publicar la factura de un departamento adquirido por el periodista Carlos Loret de Mola, incumplió con el deber de confidencialidad (que se refiere a que todas las partes involucradas en el proceso de tratamiento de datos personales deben guardar confidencialidad con respecto a ellos), así como con los siguientes principios:
- De consentimiento, que establece que los datos personales solo pueden ser divulgados con consentimiento expreso de la persona titular.
- De responsabilidad, según el cual si la Oficina de la Presidencia tuvo conocimiento de esa información debió implementar mecanismos para garantizar el tratamiento adecuado de los datos personales. Es decir, no publicar la factura en una conferencia pública.
- De licitud, de acuerdo con el cual el tratamiento de los datos personales debe realizarse con apego y cumplimiento a lo dispuesto por la legislación. Esto quiere decir que este ente público estaba obligado a proteger los datos personales que poseía, y no publicarlos en una conferencia de prensa.
El INAI instruyó a la Oficina de la Presidencia a “determinar las responsabilidades administrativas” que pudieran haber resultado de las acciones de los servidores públicos involucrados en este caso. Además, para proteger los datos personales divulgados, instruyó a esta oficina a editar esa parte de la conferencia de prensa y, de no ser posible, eliminarla. Hoy en día esa conferencia no está disponible en el canal de YouTube del gobierno de México, aunque quedan copias en otros canales y los reportes con fotografías en medios de comunicación.
En este caso, por el que Xóchitl Gálvez denunciará a AMLO, es difícil adelantar cuál será la sanción o si habrá una. Juárez dice que en primer lugar se tendrían que buscar corresponsabilidades entre el SAT, o cualquier otra instancia involucrada, y la Presidencia de la República porque si la información estaba en posesión del SAT, esa instancia tenía la obligación de proteger su confidencialidad.
Además el Código Penal Federal establece que los servidores públicos deben guardar la confidencialidad de la información que se les proporciona, por lo que este caso también podría ser investigado por esa vía. Todo depende de que Gálvez o las empresas decidan denunciar y la manera en la que lo hagan.
Con información de Jesús Arróniz.
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Comentarios
Excelente investigación con datos precisos y con información clara.