Tristes noticias para este próximo Día de Muertos: el 1 y 2 de noviembre no son feriados, por lo que el miércoles y jueves de la primera semana de noviembre podrás celebrar las festividades de muertos hasta terminar tu jornada laboral.
¿El 1 y 2 de noviembre son feriados? La respuesta es no, ya que el Día de Todos los Santos y el Día de Muertos no están incluidos en el listado de días de descanso obligatorio en la Ley Federal del Trabajo. Sigue leyendo para conocer la razón y los días que sí son feriados en 2023.
En el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo se enumeran los días de descanso obligatorio para las y los trabajadores en México, y el 1 y 2 de noviembre no están incluidos en esta lista. El único descanso será el tercer lunes de ese mes, en conmemoración del 20 de noviembre.
¿Qué es un día festivo o feriado?
Los días festivos o feriados son aquellos que no son laborables, por lo que se consideran como días de descanso, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). Aunque algunas empresas pueden otorgar estos días de descanso laboral, no es una obligación ya que no son oficiales.
En caso de que una empresa obligue a sus trabajadores a trabajar alguno de los días de descanso obligatorio señalados en la ley, las y los patrones deberán respetar el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo, el cual dice lo siguiente:
“ Artículo 75.- En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal. Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
Esto quiere decir que las y los trabajadores que laboren en días festivos deberán recibir un salario doble por el servicio prestado, es decir, se les deberá de cubrir el salario diario normal más el doble.
¿Cuáles son los días festivos de descanso obligatorio en 2023?
La Ley Federal del Trabajo enlista las siguientes fechas como “días de descanso obligatorio”:
- El 1o. de enero;
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero;
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo;
- El 1o. de mayo;
- El 16 de septiembre;
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre;
- El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;
- El 25 de diciembre,
- El que determinen las leyes federales y locales electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.
Gracias!! 💛💛