El pago al SAT en parcialidades estará disponible para cubrir el monto que resulte de tu declaración anual 2023. ¡Conoce cuáles son los requisitos!
Con el pago al SAT en parcialidades podrás pagar tus impuestos hasta en seis meses. Las y los contribuyentes podrán presentar su declaración anual entre el 1 y el 30 de abril de 2024, y de acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) podrán solicitar diferir el pago de impuestos en caso de necesitarlo.
Para tener acceso a este beneficio, es obligatorio cumplir con los plazos establecidos en la convocatoria de pago en parcialidades del SAT, que son los siguientes:
- La declaración debe ser presentada puntualmente durante el mes de abril de 2024.
- El pago de la primera parcialidad debe realizarse dentro de ese mismo periodo.
¿Cómo puedo hacer mi pago en parcialidades?
Es momento de poner orden en tus cuentas y cumplir con tus responsabilidades fiscales. Después de hacer tu Declaración Anual del ejercicio fiscal 2023 y conocer si tus impuestos están en orden, identifica si tienes adeudos en la plataforma del SAT.
Si la plataforma determina que tienes impuestos pendientes, ahora podrás pagar tu deuda hasta en seis parcialidades. El SAT explicó que para que esta medida sea efectiva, debes tomar en cuenta lo siguiente:
- Las parcialidades deberán ser saldadas a más tardar el último día del mes al que corresponda el adeudo.
- Es imprescindible utilizar las líneas de captura que el sistema de la plataforma genera en el momento en el que efectúas la declaración, identifícalas y asegúrate de usarlas correctamente.
- ¿Extraviaste el formato de pago? No hay problema. La plataforma te ofrece la opción de reimprimirlo bajo la sección “Impresión de acuse”.
- Pero, ¡cuidado! La puntualidad es clave. Aquellas personas que no cumplan con los plazos establecidos, enfrentarán recargos adicionales por su falta de pago oportuno.
- Los pagos se canalizan solo a través de los bancos autorizados, ¡así que ten cuidado con las falsificaciones!
El pago en parcialidades no es un plazo extra, ¡paga a tiempo!
Los pagos anticipados son una alternativa para aligerar la carga de los adeudos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) después de presentar la declaración anual. Eso no significa que puedas dejar de pagarlos o retrasarte con los plazos establecidos.
La puntualidad es esencial. Aunque pagues en parcialidades, asegúrate de cumplir con los plazos de cada mes y utilizar las líneas de captura que la plataforma generó para el pago de tu deuda.
Además, considera que la última parcialidad debe ser liquidada a más tardar el 30 de septiembre de 2024, incluyendo cualquier recargo que se haya acumulado a lo largo del proceso.
Recuerda que todas las personas físicas de los siguientes regímenes deben cumplir con la declaración:
- Régimen Simplificado de Confianza
- Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales
- Régimen de Incorporación Fiscal
- Enajenación de bienes
- Régimen de Actividades Empresariales con ingresos a través de Plataformas Tecnológicas
- Régimen de Arrendamiento
- Intereses
- Obtención de premios
- Dividendos
- Demás ingresos
¡Anticípate y paga puntualmente tus parcialidades!
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Un dato que olvidaron mencionar aquí, y del cual me informaron en el SAT. Para obtener las líneas de captura, al terminar el llenado COMPLETO de la declaración –incluyendo, por supuesto la parte donde solicita uno el pago en parcialidades–, el sistema te arrojará la línea de captura correspondiente a la del primer pago. Tras haberla saldado hay que regresar en unas 48 horas para volver a ingresar al micrositio de las declaraciones, ir a revisar tu declaración y obtener las líneas de captura correspondientes a los siguientes pagos. Sugieren copiarlas y pegarlas en un archivo de texto por separado, para no tener que estar ingresando sólo para copiar la línea de captura que te corresponde pagar cada que vas a liquidar alguna de las parcialidades. ¡Servidos señores! (no, no voy a caer en las barbaridades gramaticales que pusieron de moda los infamentes políticos, inventándose SU español –por motivos meramente populacheros– de estar diciendo “servidos, señores y señoras” –o al revés–; en español CORRECTO se dice “servidos señores”, lo cual es una redacción INCLUSIVA en género).