A pesar de que el Poder Judicial del Estado de México la reconoció como víctima de violencia sexual, Roxana Ruiz fue sentenciada a seis años y dos meses de prisión por “uso excesivo de la legítima defensa”.
Roxana Ruiz es sentenciada a seis años y dos meses de prisión en medio de una crisis de violencia contra las mujeres en México. La razón: una legítima defensa frente a un hombre que la violó y la amenazó de muerte.
Sucedió hace un par de años, en mayo del 2021. Roxana había salido a tomar una cerveza con una conocida del trabajo. Cuando anunció que se iba, un hombre que trabajaba en el lugar se ofreció a acompañarla a su domicilio, el cual estaba cerca.
Al llegar, el hombre “se puso necio, me obligó a dejarlo entrar, me insistió que vivía muy lejos que lo dejara quedarse a dormir en mi cuarto, insistió tanto que me asusté, me dio miedo”, escribió Roxana Ruiz en una carta en la que, ya privada de su libertad, habló sobre los hechos.
Por el miedo no pudo pensar en otras alternativas; sólo lo dejó quedarse. Le puso una colchoneta en el suelo y le dijo que ahí podía quedarse. Minutos después el hombre la agredió físicamente y la violó en su cama.
A pesar del shock, ella intentó defenderse y lo golpeó en la nariz. Tras esto, el hombre la amenazó de muerte y le comenzó a pegar. En un momento de distracción, Roxana tomó una playera y lo asfixió.
Roxana Ruiz es sentenciada por un “uso excesivo de la legítima defensa”
Aún con las múltiples inconsistencias que se presentaron a lo largo de la investigación, el Poder Judicial del Estado de México —los hechos sucedieron en el municipio de Nezahualcóyotl— validó esta versión y reconoció a Roxana Ruiz como víctima de violencia sexual.
Sin embargo, el pasado lunes la jueza Mónica Osorio Palomino la declaró culpable del delito de homicidio simple por un “uso excesivo de la legítima defensa”. La ministra dijo que “un golpe en la cabeza” hubiera bastado para defenderse de su agresor.
Su sanción no se quedó en la sentencia a prisión, también fue sentenciada a pagarle a la familia del agresor una indemnización de 285 mil pesos (196 mil 267 por daño material y 89 mil 620 pesos por daño moral).
Esto se suma a los nueve meses que ya pasó privada de su libertad en el penal Bordo de Xochiaca entre mayo de 2021 y febrero de 2022, mes en el que se le permitió continuar el proceso en libertad condicional.
El abogado de Roxana, Ángel Carrera, anunció el lunes que apelarán la decisión en máximo 10 días. Y aseguró que si es necesario recurrirán a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) para evitar que Roxana vuelva a pisar la cárcel injustamente .
En una entrevista con el diario El País, Roxana Ruiz expresó que su estancia en el penal le sigue provocando pesadillas: “No te tratan como a una persona, te tratan como a un animal”.
“Tal vez debí dejar que mi agresor se saliera con la suya, se fuera y me dejará tal vez muerta, o herida. Para no tener que vivir esto que vivo”, dijo Roxana en la carta que escribió en 2021.
¿Qué es la “legítima defensa” de la que abusó Roxana Ruiz?
Según el Código Penal del Estado de México, se considera que un ataque a otra persona es en legítima defensa cuando previo a este ya ocurrió una agresión o cuando la misma es inminente.
La legítima defensa es una causa para exculpar a una persona del delito y la responsabilidad penal que pueda devenir del hecho.
Entonces, ¿por qué Roxana Ruiz no fue exculpada pese a que se defendió de una agresión sexual? La jueza que la sentenció argumentó que se excedió con la legítima defensa.
El Código Penal señala que hay un exceso de la legítima defensa cuando “el daño que iba a sufrir —quien la aplica— era fácilmente reparable por medios legales o era de menor magnitud que el que causó”.
En este caso, Osorio Palomino determinó que el hipotético feminicidio de Roxana —había sido amenazada de muerte— era un daño de menor magnitud que la consecuente muerte del hombre.
La defensa legal de Roxana acusó que este caso se juzgó sin perspectiva de género, pues no se consideró el contexto de riesgo en el que se encontraba la mujer.
Violencia contra las mujeres en el Estado de México
La sentencia contra Roxana Ruiz ocurre en un contexto de inseguridad para las mujeres mexiquenses. Entre enero y marzo de este año han sido registrados 25 presuntos feminicidios en la entidad, de acuerdo con los datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP). Esto posiciona al Estado de México en el primer lugar a nivel nacional.
No obstante, en cuanto a tasa por cada 100 mil mujeres la entidad está por debajo de la media nacional (0.33 por cada 100 mil), con 0.27 por cada 100 mil. Calcular la tasa de feminicidios permite comparar la frecuencia del delito en un tiempo determinado, entre grupos poblacionales de diferente tamaño, como lo son las entidades de México. De esta manera, mientras que el Estado de México tiene una tasa de 0.27 feminicidios por cada 100 mil mujeres, Colima registró una tasa que es 3.5 veces la de esa entidad: 0.97 por cada 100 mil mujeres.
Además, en estos tres primeros meses el SESNSP da cuenta de 861 casos de violación en la entidad, que también ocupa el primer lugar en el registro absoluto de estos delitos. Sin embargo, el Estado de México registra una tasa de 4.80 violaciones por cada 100 mil habitantes, apenas superior a la tasa nacional que es de 4.46 por cada 100 mil habitantes para ese periodo.
Que horror con la “justicia”…