Gobierno
Promesa 81 de 100
“Se reformará el Artículo 35 de la Constitución para quitar todos los obstáculos y candados en la celebración de consultas ciudadanas, a fin de que el pueblo tenga siempre el derecho a participar en las decisiones de interés público”.
Andrés Manuel López Obrador, 1 de diciembre de 2018
Avance
El 21 de diciembre de 2019 entró en vigor el decreto de la reforma constitucional en materia de consulta popular y revocación de mandato que modifica y adiciona diversas disposiciones de los artículos 35, 36, 41, 81, 84, 99, 116 y 122 de la Constitución.
Esta reforma establece que no podrá ser objeto de consulta popular la permanencia o continuidad en el cargo de servidores públicos de elección popular, sistema financiero, ingresos, gastos y el Presupuesto de Egresos de la Federación, ni obras de infraestructura en ejecución.
Antecedentes
El 5 de noviembre pasado, la Cámara de Diputados avaló la reforma al artículo 35 constitucional que modifica el procedimiento para realizar consultas ciudadanas. Esto sucedió luego de que el Senado de la República aprobara el primer dictamen de los diputados con correcciones, el 15 de octubre pasado.
Esta reforma aún debe ser aprobada por los congresos estatales para entrar en vigor.
Estatus: Cumplida
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