El SAT da prórroga hasta el 31 de marzo de 2023 para las y los contribuyentes pertenecientes al régimen simplificado de confianza, y para aquellos obligados a emitir comprobantes de tipo nómina.
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) da prórroga hasta el 31 de marzo de 2023 para contribuyentes en el régimen simplificado de confianza (RESICO) y emisores de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI).
Así lo dio a conocer por medio de sus redes sociales el pasado 1 de noviembre, donde se comunican los nuevos plazos para la emisión de facturas electrónicas en versión 4.0, y la adquisición de la e.firma para quienes se encuentran en el régimen simplificado de confianza (RESICO).
En el caso de las personas físicas en RESICO, el SAT da hasta el 31 de marzo de 2023 para la obtención de la e.firma, es decir, la firma electrónica que es necesaria para la realización de trámites vía internet en la plataforma tributaria.
Para contribuyentes emisores de CFDI (Comprobante Fiscal Digital por Internet), se les permite también hasta el 31 marzo de 2023 seguir emitiendo comprobantes de tipo nómina en la versión 3.3, que entró en vigor en julio de 2017, y que debe ser reemplazada por la versión 4.0.
¿Qué es la factura 4.0?
Las diferencias entre las versiones 4.0 y 3.3 de la factura electrónica radican en los datos, tanto de emisor como del receptor, que se requieren para la tramitación de las facturas digitales.
En el caso de la versión 4.0, se solicita el código postal del receptor de la factura y la coincidencia de los nombres del receptor y el emisor tal como aparecen en la Constancia de Situación Fiscal, tanto de forma gramatical como en estructura de ambos nombres.
Esta versión de CFDI, así como el régimen simplificado de confianza, son parte de la reforma fiscal de 2022 aprobada en junio del mismo año. Anteriormente, se pondría en marcha el 31 de diciembre, mas el propio sistema anunció que daría una prórroga para la realización de esas obligaciones fiscales hasta el 1° de enero de 2023.
En ese sentido, esta sería la tercera prórroga que la institución otorga a los y las contribuyentes en lo que va del año.
Sobre todo, y según los comunicados emitidos por el mismo SAT, es para fines prácticos y la correcta tramitación de estos cambios en los sistemas de tributación sin que esto signifique incumplir con las responsabilidades fiscales ante la institución.
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