La Secretaría de Salud anunció nuevas medidas para enfrentar la pandemia de COVID-19. Además, dio a conocer cuáles son las actividades esenciales que deberán operar con normalidad.
El 30 de marzo, la Secretaría de Salud (SSa) anunció el decreto de la emergencia sanitaria por COVID-19. Además, definió cuáles son las actividades esenciales que no deberán ser suspendidas en este contexto.
Durante la conferencia para dar a conocer el panorama epidemiológico de ese día, el subsecretario de Salud, Hugo López-Gatell, dio a conocer las nuevas medidas que entraron en vigor desde ese día.
1. Suspensión de actividades no esenciales hasta el 30 de abril
2. Aplicar las siguientes medidas en actividades esenciales:
-No realizar reuniones/congregaciones de más de 50 personas
-Observar estrictas medidas de higiene
3. Se exhorta a toda la población que no participe en actividades esenciales a cumplir resguardo domiciliario hasta el 30 de abril
4. Resguardo domiciliario obligatorio para personas mayores de 60 años y grupos vulnerables
5. Después del 30 de abril, el gobierno coordinará el regreso escalonado a las actividades no esenciales
6. Postergar censos y encuestas a realizarse en el territorio nacional que involucren movilización de personas e interacción cara a cara.
7. Estas medidas deben realizarse con estricto respeto y apego a los derechos humanos
Y, ¿cuáles son las actividades esenciales que no deberán ser suspendidas? De acuerdo con la SSa, son las siguientes:
Actividades esenciales de Salud en pandemia de COVID-19
- Rama médica, paramédica, administrativa y de apoyo,
- Aquellas que les dan abasto y servicio, como el sector farmacéutico en todas sus modalidades
- Manufactura, tecnologías para la salud, limpieza y sanitización médica
- Adecuada disposición de los residuos biológicos.
Actividades esenciales de Seguridad en pandemia de COVID-19
- Actividades de seguridad pública, protección ciudadana, defensa de la integridad, impartición de justicia.
- Actividades legislativas a nivel estatal y federal.
Actividades esenciales de Economía en pandemia de COVID-19
- Industria alimenticia
- Industria gasolinera
- Industria bancaria
- Industria agricultora
- Industria agropecuaria
- Servicios de seguridad
- Servicios de emergencia
- Servicios funerarios
- Servicios de transporte de carga y de pasajeros
Programas sociales durante la pandemia
El Gobierno mexicano anunció que habrá reducción de actividades administrativas, pero la operación de los programas sociales no se verá afectada, por lo que los beneficiarios seguirán recibiendo su apoyo durante la contingencia.
Infraestructura crítica en la pandemia
- Conservación y mantenimiento de la infraestructura básica para la producción y distribución de servicios como agua, luz, drenaje, saneamiento y gas, entre otros.
Los siguientes son los servicios que no se suspenderán:
- Actividades para la recaudación tributaria.
- Distribución y venta de energéticos, gasolineros y gas.
- Generación y distribución de agua potable.
- Servicio de drenaje
- Limpia
- Industria de alimentos y bebidas no alcohólicas.
- Mercados de alimentos: supermercados, abarrotes, mercados y venta de alimentos preparados.
- Servicios transporte de pasajeros y de carga.
- Producción agrícola, ganadera y pesquera.
- Actividades agroindustriales.
- Productos de limpieza.
- Ferreterías.
- Servicios de mensajería.
- Guardias en labores de seguridad privada.
- Guarderías e instancias infantiles.
- Asilos y estancias para la tercera edad.
- Refugios y centros de atención para mujeres y niños víctimas de violencia
- El sector de telecomunicaciones y medios de información.
- Servicios privados de emergencia.
- Servicios funerarios y de inhumación.
- Logística: aeropuertos, puertos y ferrocarriles.
- Conservación y mantenimiento de infraestructura crítica.
- Almacenamiento y cadena de insumos esenciales.
- Operación de los programas sociales gubernamentales.
El Gobierno puso a disposición de la población el número de teléfono para las consultas particulares sobre si una actividad entra o no dentro de las esenciales: 55 20 00 52 90 y el 55 20 00 53 00 ext. 64394.
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