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A quien no interpone recurso de revisión, los institutos de transparencia no lo escuchan

Por: Alejandra Padilla
diciembre 13, 2017diciembre 12, 2017
2 minutos, 52 segundos
Tras bambalinas

En junio pasado una pregunta me llevó a hacer 73 solicitudes de información: ¿cuánto gastan los gobernadores en viajes de trabajo? La duda es importante porque esos viajes son pagados con recursos públicos, pero resultó que la respuesta fue aún más importante: casi la mitad de los estados se negaron a entregar la información y del resto, solo tres respondieron la pregunta por completo -el resto simuló responderla-.

El proceso de solicitud, recepción y procesamiento de información fue de tres meses, y en el camino aprendí dos lecciones. La primera fue que 16 gobernadores no quieren rendir cuentas y utilizan cualquier recurso para evitarlo: desde ignorar las solicitudes hasta asegurar que no es su obligación tener esa información (¡¿qué?!)

La segunda lección fue que aunque en México hay un andamiaje legal y tecnológico para “facilitar” el acceso a la información, a veces el proceso es tan frustrante que dan ganas de llorar. No es broma.

Este caso me parece emblemático porque la solicitud pedía conocer el monto gastado en viajes de trabajo y tener acceso a la versión pública de las facturas de esos gastos. No se trataba de saber en dónde están los gobernadores durante cada segundo del día, o cuántas personas están a cargo de su seguridad, preguntas cuya respuesta podía ser clasificada como reservada o inexistente porque son datos personales e información que involucra la seguridad de un funcionario público.

Pero no, la pregunta era cuánto dinero público han gastado los mandatarios locales en viajes de trabajo. También fueron solicitadas las facturas que lo comprobaran, pero en versión pública, lo que quiere decir que los datos personales (cuentas bancarias, números telefónicos, o cualquier dato que no sea público) podían ser omitidos.  

A pesar de la manera en que fue redactada la solicitud, a los gobiernos estatales no les faltaron razones para negar el acceso a la información y  entonces fue hora de tramitar los recursos de revisión. Y es que cuando se trata de información pública y un sujeto obligado se niega a entregarla, el instituto de transparencia no tiene manera de emitir una resolución hasta que exista un recurso de revisión. 

En Chiapas, por ejemplo, la Oficina del gobernador respondió que la información era inexistente y, tras interponer un recurso de revisión y otro recurso de inconformidad ante el instituto local de transparencia , ese órgano ordenó la entrega de la información. Al final recibí solo una relación en formato PDF de las giras de trabajo del gobernador, por lo que todavía está en trámite otro recurso de inconformidad.

En Veracruz, el gobierno decidió clasificar como reservada la información, y el instituto local de transparencia ordenó que la reserva fuera revocada y la información fuera entregada. Esto no ha sucedido.

En ambos casos, escribir la historia es más fácil (y más rápido) que vivirla. Para interponer el recurso de revisión es necesario, para empezar, asegurarse de que en esta ocasión no se está pidiendo algo adicional (ampliación de la petición), porque ese es un motivo para que el instituto local deseche el recurso; además, hay que redactar la inconformidad de manera que una tercera persona (quien no es el solicitante ni el sujeto obligado) entienda en qué está basada la inconformidad.

Después solo queda esperar, y es eso lo que más desespera, porque siempre cabe la posibilidad de que la resolución no favorezca al solicitante.

La historia no ha terminado, es cierto, pero de no haber apelado la respuesta, el mensaje enviado es que está bien que gobiernos locales se nieguen a rendir cuentas.

Para obtener estas resoluciones favorables tuvieron que pasar casi dos meses, y aunque las entidades aún no liberan la información, el fallo de los institutos locales de transparencia sienta un buen precedente.

Si los sujetos obligados todavía se niegan a entregar la información, quedan otros dos pasos: interponer un recurso de inconformidad ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y después, un amparo ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

A pesar de que el reportaje ya fue publicado, seguiremos insistiendo en estos dos estados y en el resto que se negaron a hacer pública la información. Pero no puedo evitar pensar que esta necedad es un lujo: no todos los medios ni todos los periodistas ni todos los ciudadanos tienen el tiempo, los recursos ni las ganas para presionar a los sujetos obligados hasta que reciban la información.

La tercera lección en este proceso fue que es necesario sacar fuerza de donde sea posible para no sucumbir ante la frustración y recordar que el acceso a la información pública es un derecho humano, e insistir ante razones absurdas para negar su entrega nunca es un error.

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Etiquetas: acceso a la informaciónINAIrecurso de revisióntransparencia

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