Calculadora de aguinaldo: ¿cuánto debes recibir y qué hacer si no te pagan?

Con esta calculadora de aguinaldo puedes saber cuál es el monto que te corresponde. Además, encuentra todo sobre el pago de aguinaldo 2020.

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Con esta calculadora de aguinaldo puedes saber cuál es el monto que te corresponde. Además, encuentra todo sobre el pago de aguinaldo 2020.

Encuentra aquí la forma de calcular el aguinaldo de este 2020 en México.

El aguinaldo es un derecho irrenunciable de todos los trabajadores en México. Por esta razón, los empleadores no pueden argumentar dificultades económicas de la empresa o falta de utilidades para no pagarlo o reducir su importe.

Calculadora de aguinaldo 2020

En Serendipia te proporcionamos esta calculadora de aguinaldo para que sepas cuánto te corresponde de aguinaldo. Recuerda que la emergencia sanitaria por Covid-19 no es una razón para no recibirlo.

Completa la información en esta calculadora para conocer el monto que te corresponde como aguinaldo.

Calcula el aguinaldo

¿Cuál es tu sueldo mensual promedio?

¿En qué fecha comenzó tu trabajo actual?

¿Cuántos días faltaste al trabajo?

Aguinaldo mínimo

Aguinaldo mínimo proporcional

¿Por qué el aguinaldo es un derecho?

Las personas que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón tienen derecho a recibir un aguinaldo anual equivalente a por lo menos 15 días de salario, de acuerdo con el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo. o Si el trabajador no laboró el año completo, le corresponde a la parte proporcional de esta gratificación.

¿Cuándo debo recibir mi aguinaldo?

Por ley, las personas trabajadoras deben recibir su aguinaldo antes del 20 de diciembre. 

A las personas trabajadoras cuya relación de trabajo termine antes de dicha fecha, el aguinaldo proporcional les deberá ser pagado al momento de la terminación de la relación laboral como parte de su liquidación o finiquito.

Es importante que sepas que el aguinaldo debe ser pagado con dinero. No con mercancías, vales, ni cualquier otro reemplazo. 

¿Qué es y cómo calculo el aguinaldo?Calculadora de aguinaldo 2020

¿Cómo calcular el aguinaldo?

Si quieres sabes cómo funciona la calculadora de aguinaldo, esta es la manera de calcularlo: en caso de que tengas un salario fijo, el cálculo debe hacerse como se ve a continuación.

  1. Primero divide tu salario neto mensual entre 30 días. El resultado es tu cuota diaria.
  2. Ese resultado lo multiplicas por 15 días (los días de aguinaldo).

Por ejemplo, Victoria recibe 5 mil pesos mensuales. Entonces ella calcularía su aguinaldo así:

5000 pesos / 30 días = 166.66 pesos de salario diario.

166.66 pesos diarios x 15 días = 2,500 pesos de aguinaldo.

Si tienes un salario fijo pero no has trabajado un año para el mismo patrón o patrona, debes recibir la parte proporcional del aguinaldo. Se calcula así:

  1. Divide el salario neto mensual entre 30 días para obtener el salario diario.
  2. El salario diario debe multiplicarse por 15 días para calcular el aguinaldo.
  3. Ahora divide el aguinaldo entre 365 días. El resultado es el aguinaldo por día.
  4. El siguiente paso es multiplicar el número de meses laborados por 30 días y sumar los días adicionales. Esto te dará los días laborados.
  5. Ahora multiplica el aguinaldo diario por el número de días laborados. Ahí tienes el monto de aguinaldo que te corresponde.

Por ejemplo, Ximena trabajó ocho meses y 3 días con un sueldo mensual de 6 mil pesos. Estos son los pasos que Ximena debe seguir para calcular su aguinaldo:

6,000 pesos netos mensuales / 30 días = 200 pesos de salario diario.

200 pesos diarios x 15 días: = 3,000 pesos de aguinaldo.

3,000 pesos de aguinaldo / 365 días del año = 8.21 pesos de aguinaldo por día.

Ocho meses laborados x 30 días = 240 días de los ocho meses trabajados

240 días + tres días = 243 días laborados en total

8.21 pesos de aguinaldo por día x 243 días laborados = 1,995.03 pesos de aguinaldo proporcional.

¿Cómo calcular el aguinaldo si no tengo un salario fijo?

Si el monto del salario es variable por unidad de obra, se debe calcular el ingreso promedio diario obtenido en los últimos 30 días efectivamente trabajados, por cualquier concepto que reciba la o el trabajador.

Para las y los trabajadores que reciben su salario por comisión como vendedores, agentes de comercio o de seguros, propagandistas y otros semejantes, su aguinaldo se calcula de la siguiente forma:

  1. Se suman los ingresos percibidos en el último año de trabajo, o en el tiempo de trabajo en caso de que hayan trabajado por menos de un año
  2. El resultado se divide entre los días efectivamente trabajados
  3. Ahora multiplica el salario diario por los 15 días de aguinaldo.

¿Qué hacer si no recibes tu aguinaldo?

En caso de incumplimiento del patrón con el pago del aguinaldo, las y los trabajadores tienen un año a partir del 20 de diciembre para iniciar el trámite de juicio o conciliación por incumplimiento.

Las y los patrones que incumplan con el pago del aguinaldo, lo otorguen incompleto o de forma tardía, pueden hacerse acreedores a una multa por el equivalente de 50 a 5000 veces Unidad de Medida y Actualización, que va desde cuatro mil 30 pesos hasta 403 mil pesos.

Las trabajadoras y trabajadores que no reciban esta prestación o se les pague de forma incompleta pueden ser asesorados y representados de manera gratuita si acuden a  Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) o Procuraduría local de la defensa del Trabajo, dependiendo si la empresa es local o federal.

Atención de la PROFEDET durante la COVID-19

Tanto la procuraduría federal como las locales están abiertas de las 8:30 a las 15:00 horas de lunes a viernes. 

Al presentarse ante estas instancias se debe llevar copia de la INE, RFC y CURP, así como el número de seguridad social y un documento que acredite la relación con la empresa (ya sean recibos de nómina, carta patronal, copia de contrato, credencial, gafete o uniforme).

La PROFEDET también asesora a través de sus teléfonos 800 717 2942 y 800 911 7877 y mediante el correo [email protected]

¿El aguinaldo está exento de impuestos?

Solamente las personas que reciban un salario equivalente a menos de 30 Unidad de Medida y Actualización (UMA) exentan el pago del Impuesto Sobre la Renta (ISR) en su aguinaldo. 

En 2020, una UMA equivale a 86.88 pesos, por lo que las personas que perciban menos de dos mil 606.40 pesos mensuales, no deberán pagar este impuesto. En el caso de las y los trabajadores que perciban un salario superior a este, es obligación del empleador retener el ISR.

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